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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que en fecha 31 de octubre del 2019, las sociedades CONTENEDORES SARASOLA, S.L., y TRANSPORTES ESKIZU, S.L., celebraron cada una de ellas junta extraordinaria universal en las que por unanimidad de los socios de ambas se aprobó la fusión por absorción de TRANSPORTES ESKIZU, S.L. (sociedad absorbida), por parte de CONTENEDORES SARASOLA, S.L. (sociedad absorbente), produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación, de la sociedad absorbida y el traspaso de todo su patrimonio a la sociedad absorbente que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. todo ello modificando los artículos correspondientes de los estatutos sociales, conforme al proyecto común de fusión suscrito por el administrador de ambas sociedades.
A tenor del artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores y socios de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, y de acuerdo al artículo 44 del mismo texto legal, el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contados desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Alegia, 31 de octubre de 2019.- El Administrador, José Miguel Sarasola Balda.
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