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Documento BORME-C-2019-9153

PROMOTORA DE VIVIENDAS SOCIALES DE HUELVA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
JAVALLUL, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 238, páginas 10616 a 10617 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-9153

TEXTO

A los efectos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y los artículos 226 y siguientes del Real Decreto 1784/1996, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que las mercantiles "PROMOTORA DE VIVIENDAS SOCIALES DE HUELVA, S.L." (Sociedad Escindida), y "JAVALLUL, S.L." (Sociedad Beneficiaria), tal y como acordaron por unanimidad en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias celebradas ambas con carácter universal en Sevilla, el día 5 de Diciembre de 2019, han adoptado el acuerdo de Escisión parcial financiera por división o segregación de parte del patrimonio de "PROMOTORA DE VIVIENDAS SOCIALES DE HUELVA, S.L.", a la entidad beneficiaria ya existente "JAVALLUL, S.L.", sin que la Sociedad Escindida se extinga como consecuencia de la escisión.

La escisión implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la cartera financiera constituida por la totalidad de participaciones sociales que ostenta la Sociedad Escindida de la mercantil "URBANIZADORA TARSO, S.L.U.", en favor de la beneficiaria, que adquiere por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado.

Dado que la Sociedad Beneficiaria está íntegramente participada por los mismos socios y en los mismos porcentajes que la sociedad Escindida, no procede fijar tipo de canje, ni aumento de capital de la Sociedad Beneficiaria. "PROMOTORA DE VIVIENDAS SOCIALES DE HUELVA, S.L.", reducirá sus reservas de libre disposición en la cuantía necesaria sin reducir su capital social.

El acuerdo de escisión parcial financiera se ha aprobado, por unanimidad, en las Juntas Generales de ambas Sociedades participantes en el proceso de reestructuración, tomando como base Balances específicos de ambas, cerrados a fecha 4 de Diciembre de 2019 y con estricta sujeción al Proyecto Común de Escisión Parcial Financiera, elaborado y suscrito de manera conjunta por los administradores de Escindida y Beneficiaria, con fecha 4 de Diciembre de 2019.

La operación de escisión financiera parcial se sujeta a lo previsto en el artículo 42 de la LME, al haber sido el acuerdo de escisión adoptado por la Sociedad Escindida por unanimidad en Junta General Extraordinaria y Universal de socios. En consecuencia, no es necesario publicar o depositar previamente el "Proyecto de Escisión parcial financiera", ni tampoco es necesario el informe de los administradores sobre el mismo, así como tampoco el informe de expertos independientes.

Con arreglo a lo previsto en la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar, el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las Sociedades participantes en la Escisión, a obtener en el domicilio social o a solicitar el envío gratuito del texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Escisión; asimismo, se hace constar el derecho que corresponde a obligacionistas y acreedores a oponerse a la escisión que deberá ser ejercitado, en su caso, con arreglo a lo previsto en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.

Sevilla, 10 de diciembre de 2019.- Los Administradores Mancomunados y Administradores Solidarios, Rocío López León y José María Ramos Gómez, personas físicas designadas por las entidades "Miloa Renta Vivienda, S.L.U." y por "Inversiones y Promociones Ducoy, S.L.U.", respectivamente, sociedades Administradoras Mancomunadas de la entidad "Promotora de Viviendas Sociales de Huelva, S.L." y Miguel López Abad y José María Ramos Ducoy, Administradores Solidarios de la sociedad "Javallul, S.L.".

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