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Documento BORME-C-2019-9245

CLUB DEPORTIVO BASKET BILBAO BERRI, S.A.D.

Publicado en:
«BORME» núm. 241, páginas 10716 a 10717 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-9245

TEXTO

A los efectos de lo que establece el artículo 304 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de "Club Deportivo Basket Bilbao Berri, Sociedad Anónima Deportiva" (la "Sociedad"), celebrada en fecha 25 de noviembre de 2019 en segunda convocatoria, acordó aumentar el capital social de la Sociedad, fijado anteriormente en la cuantía de 775.077,00 euros, hasta la cifra de 2.021.930,00 euros, es decir, aumentándolo en la cuantía de 1.246.853 euros, mediante aportaciones dinerarias de los accionistas y todo ello mediante la emisión de 108.422 nuevas acciones ordinarias, de 11,50 euros de valor nominal cada una de ellas.

Las nuevas acciones otorgan los mismos derechos y obligaciones que las ya existentes y se emitirán sin prima de emisión. Cada una de las nuevas acciones empezará a disfrutar de los derechos a ella inherentes a partir de su suscripción y desembolso.

De conformidad con lo dispuesto por el apartado primero del artículo 311 LSC, la Junta General aprobó la posibilidad de una suscripción parcial o incompleta, por lo que el capital social se aumentará en la cuantía de las acciones que hayan sido efectivamente suscritas y desembolsadas.

En virtud de los artículos 304 y siguientes LSC, se ofrece a los accionistas el derecho de suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que posean en el momento de la adopción del acuerdo social descrito anteriormente, y se fija el período de un (1) mes (el "Periodo de Suscripción Preferente") a contar desde la presente publicación para que los accionistas de la Sociedad que lo deseen procedan a la suscripción y al desembolso del valor nominal de las nuevas acciones.

En el supuesto de que una vez finalizado el periodo de suscripción preferente quedasen acciones sin suscribir en el marco de la ampliación de capital proyectada ("Acciones Sobrantes"), se abrirá un periodo de asignación adicional en el que se adjudicarán las Acciones Sobrantes a aquellos accionistas que, habiendo ejercitado la totalidad de sus respectivos derechos de suscripción preferente, hubieran solicitado la suscripción de acciones adicionales (las "Acciones Adicionales") durante el periodo de suscripción preferente. A estos efectos, los accionistas que deseen suscribir Acciones Adicionales, deberán enviar, durante el Periodo de Suscripción Preferente, una comunicación dirigida al Consejo de Administración de la Sociedad donde consten los siguientes extremos:

- Destinatario de la comunicación: Consejo de Administración de "Club Deportivo Basket Bilbao Berri, Sociedad Anónima Deportiva", con domicilio en Calle Alameda Mazarredo n.º 15, 5.º A, 48001 Bilbao (Bizkaia).

- Número de Acciones Adicionales que pretenden suscribir.

La asignación de las Acciones Adicionales tendrá lugar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de finalización del Periodo de Suscripción Preferente, debiendo producirse el desembolso de las Acciones Adicionales por parte de los accionistas que así lo deseen en el plazo de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación que les remita el Consejo de Administración de la Sociedad donde les indique las Acciones Adicionales asignadas.

En el caso de que el número de Acciones Adicionales solicitadas en el periodo de suscripción preferente fuera igual o inferior al número de Acciones Sobrantes, éstas se asignarán a los peticionarios hasta cubrir íntegramente sus solicitudes. Por el contrario, en el supuesto de que el número de Acciones Adicionales solicitadas fuera superior al número de acciones no suscritas en el Periodo de Suscripción Preferente, el Consejo de Administración se encontrará facultado para practicar un prorrateo conforme a las siguientes reglas:

(i) Las Acciones Sobrantes se adjudicarán de forma proporcional al volumen de Acciones Adicionales solicitadas, utilizando para ello el porcentaje que las Acciones Adicionales solicitadas por cada suscriptor representan respecto al total de Acciones Adicionales solicitadas. Ese porcentaje a utilizar para la asignación proporcional se redondeará a la baja hasta tres cifras decimales (por ejemplo, 0,56565 se igualará a 0,565).

(ii) Como regla general, en caso de fracciones en la adjudicación, se redondeará a la baja hasta el número entero más cercano de forma que resulte un número exacto de Acciones Adicionales a adjudicar a cada solicitante.

Si tras la aplicación de los párrafos anteriores hubiese Acciones Sobrantes no adjudicadas por efecto del redondeo, éstas se distribuirán una a una, por orden de mayor a menor cuantía de la petición y, en caso de igualdad, por el orden alfabético de los accionistas solicitantes según la primera posición (y, en caso de igualdad, siguiente o siguientes) de los campos "Nombres y Apellidos o Razón Social", sea cual fuere su contenido, a partir de la letra "A".

A los efectos oportunos, todas las aportaciones dinerarias deberán realizarse en la cuenta corriente número ES6330080264614037565829 de la que es titular la Sociedad, indicando la identidad del accionista suscribiente y sus datos personales (D.N.I. en el caso de personas físicas o C.I.F. en el caso de personas jurídicas).

Transcurrido plazo de asignación de las Acciones Adicionales, si la totalidad de las nuevas acciones no hubiesen sido suscritas y desembolsadas, el órgano de administración declarará el capital aumentado sólo en la cuantía de las suscripciones y desembolsos efectuados.

Cerrado el plazo de desembolso y el plazo de asignación de las Acciones Adicionales, el Consejo de Administración, de acuerdo con la delegación en el mismo de las facultades respecto al aumento de capital social previstas en el artículo 297 LSC acordada por la Junta Genera, ejecutará el aumento procediendo a dar una nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales relativo al capital social.

No se realiza oferta pública de suscripción de las acciones, pues la emisión de nuevas acciones se dirige únicamente a los accionistas actuales de la Sociedad.

Bilbao, 9 de diciembre de 2019.- El Secretario del Consejo de Administración, Martín Echévarri Madrigal.

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