Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2019-9295

FRIGORÍFICOS MARBAMAR, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 243, páginas 10778 a 10779 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-9295

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de FRIGORÍFICOS MARBAMAR, Sociedad Anónima ("MARBAMAR"), celebrada el pasado 10 de diciembre de 2019, acordó una reducción del capital social de 34.377,20 euros mediante la amortización de 572 acciones propias que se encontraban en autocartera, de 60,10 euros de valor nominal cada una.

Como consecuencia de lo anterior, el capital social de MARBAMAR resultante de la reducción ha quedado fijado en 137.508,80 euros, correspondientes a 2.288 acciones de 60,10 euros de valor nominal cada una, dándose una nueva reducción al artículo 5º de los Estatutos Sociales de la Compañía, a fin de que éste refleje su nueva cifra, así como el número de acciones en circulación, quedando su texto como sigue:

"ARTICULO 5º.- El capital social se fija en la cantidad de CIENTO TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHO EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (137.508,80 €), representado por DOS MIL DOSCIENTAS OCHENTA Y OCHO (2.288) ACCIONES NOMINATIVAS, de clase y serie únicas, íntegramente suscritas y desembolsadas, iguales, acumulables e indivisibles, con un valor nominal cada una de ellas de SESENTA EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (60,10 €), numeradas del 1 al 2.288, ambos inclusive.

Las acciones están representadas por medio de títulos nominativos, que podrán ser múltiples. Se extenderán en libros talonarios y recogerán las menciones, como mínimo, expresadas en el art. 114 de la LSC.

La firma de las acciones será autógrafa y corresponderá a quienes ostenten la Administración de la Sociedad (en caso de Consejo de Administración, serán firmadas por su Presidente y su Secretario).

Las acciones figurarán en un Libro-Registro que se adecuará a lo previsto en el art. 55 de la LSC."

Como consecuencia de la amortización de acciones realizada por razón de la reducción del capital social, y a los efectos de una numeración correlativa de las acciones en que se encuentra dividido el capital social, se procede a la remuneración de las acciones, dejando constancia de ello en el Libro Registro de Accionistas.

La finalidad de la reducción de capital es la amortización de acciones propias. La reducción de capital no ha entrañado la devolución de aportaciones, por ser MARBAMAR el titular de las acciones amortizadas. La reducción de capital se ejecutará con cargo a reservas voluntarias, realizando la correspondiente dotación de una reserva por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones propias amortizadas, de la que solo será posible disponer cumpliendo con los requisitos exigidos para la reducción del capital social, conforme a lo previsto en el artículo 335.c) de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, y de acuerdo con el artículo mencionado, los acreedores de MARBAMAR no dispondrán del derecho de oposición previsto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital.

El presente acuerdo de reducción de será publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y en la página web de la sociedad.

Santa Pola, 11 de diciembre de 2019.- El Adminsitrador único, Raúl Gómez Martínez.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril