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Documento BORME-C-2019-9428

VIDRALA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 10934 a 10934 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-9428

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social por amortización de acciones propias.

A los efectos previstos en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital y 170 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace constar que el Consejo de Administración de VIDRALA, S.A., sociedad con domicilio en Llodio (Álava), barrio Munegazo, número 22, y con NIF A01004324, en el ejercicio de las facultades conferidas por la Junta General Ordinaria de Accionistas de 28 de mayo de 2019, ha adoptado el día 19 de diciembre de 2019, el acuerdo de reducir el capital social de la sociedad en la cifra de doscientos setenta y cuatro mil ochenta y cuatro euros con veinte céntimos (274.084,20 euros) mediante la amortización de doscientas sesenta y ocho mil setecientas diez (268.710) acciones que se encuentran en autocartera, y procediéndose –contra la disponibilización de la reserva indisponible por acciones propias a la que se refiere el artículo 148.c) de la Ley de Sociedades de Capital- a la dotación de una reserva por capital amortizado de doscientos setenta y cuatro mil ochenta y cuatro euros con veinte céntimos (274.084,20 €) (cantidad igual al valor nominal de las acciones amortizadas) de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social, en aplicación de lo previsto en la letra (c) del artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital.

Como consecuencia de ello, se modifica el artículo 5.º de los estatutos sociales para reflejar la nueva cifra del capital social, que quedará fijada en veintisiete millones seiscientos ocho mil trescientos noventa y dos euros con dos céntimos (27.608.392,02 €), dividido en veintisiete millones sesenta y siete mil cincuenta y una (27.067.051) acciones, de un euro con dos céntimos (1,02 €), representadas mediante anotaciones en cuenta.

En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición establecido en el artículo 334.1 de la citada Ley en relación con la reducción de capital social acordada y, por tanto, su ejecución podrá ser inmediata. La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.

Llodio, 20 de diciembre de 2019.- El Secretario del Consejo de Administración de Vidrala, S.A., José Ramón Berecibar Mutiozabal.

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