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Documento BORME-C-2020-104

FELGUERA IHI, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 6, páginas 118 a 118 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2020-104

TEXTO

Reducción y Aumento de Capital

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Universal de Accionistas de la Sociedad, celebrada el 3 de diciembre de 2019, aprobó en los términos previstos en el artículo 343 de la Ley de Sociedades de Capital, una reducción de capital social a cero con el fin de compensar pérdidas, previa compensación de la totalidad de las reservas voluntarias y la reserva legal, con amortización de la totalidad de las acciones en circulación, y un aumento de capital simultáneo. La adopción de este acuerdo afecta por igual a todas las acciones que componen el capital de la Sociedad, sin que exista disparidad de trato de ellas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de Ley de Sociedades de Capital, la reducción de capital toma como referencia el balance de la sociedad cerrado a 30 de junio de 2019 y aprobado bajo el punto tercero del Orden del Día de la reunión la Junta General Universal de fecha 3 de diciembre de 2019, sometido a la verificación de su Auditor de Cuentas, Ernst & Young, Sociedad Limitada, según resulta del Informe de auditoría que se acompaña como anexo y forma parte del acuerdo de reducción de capital social adoptado.

La reducción y aumento de capital social simultáneo por importe de 2.900.000 euros, mediante aportaciones no dinerarias y verificado por experto independiente designado por el Registro Mercantil de acuerdo al artículo 67 de la Ley de Sociedades de Capital, modifica el artículo 5.º de los Estatutos Sociales quedando el capital social fijado en la cifra de 2.900.000 euros, dividido en 2.900 acciones, ordinarias, nominativas, de mil (1.000) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del número 1 al 2.900, ambos inclusive, de la misma clase y serie y totalmente suscritas y desembolsadas.

En virtud de lo dispuesto en el 335 a) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de Felguera IHI, Sociedad Anónima no gozan del derecho de oposición al acuerdo de reducción de capital social adoptado por la Junta General, teniendo, por tanto, dicho acuerdo de reducción de capital social eficacia inmediata tras la adopción del acuerdo correspondiente por la Junta General de la Sociedad, sin perjuicio de los actos de formalización que resulten necesarios y accesorios al mismo.

Madrid, 30 de diciembre de 2019.- El Secretario del Consejo de Administración de Felguera IHI, Sociedad Anónima, Secundino Felgueroso Fuentes.

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