Está Vd. en

Documento BORME-C-2020-1313

ASESORAMIENTO Y SERVICIOS A LA DIRECCIÓN, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 1641 a 1641 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2020-1313

TEXTO

La Junta General ordinaria de la sociedad "Asesoramiento y Servicios a la Dirección, S.L.", celebrada el día 11 junio de 2019, adoptó el acuerdo de reducir el capital social a cero euros, mediante amortización y anulación de la totalidad de las participaciones sociales con devolución de las aportaciones a los socios con cargo a fondos propios de la sociedad, y de aumentarlo de forma simultánea hasta los 3.000 euros, de acuerdo con las siguientes condiciones:

I. El capital se reduce a cero euros mediante amortización y anulación de la totalidad de las participaciones sociales, con devolución de las aportaciones a socios con cargo a fondos propios de la sociedad, afectando la reducción a todos los socios por igual. La reducción de capital acordada es una operación simultánea condicionada a la ejecución del acuerdo de aumento de capital, en virtud del artículo 344 de la Ley de Sociedades de Capital.

II. Aumento de capital social simultáneo por aportaciones dinerarias. La citada Junta General adoptó el acuerdo de aumento simultáneo de capital en la cantidad de 3.000 euros mediante la emisión de 3.000 nuevas participaciones sociales, iguales, indivisibles y acumulables de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 3.000, ambas inclusive, sin prima de emisión,. Los socios de la Compañía tendrán derecho de preferencia en proporción a la participación que actualmente ostentan en la Sociedad. El derecho de preferencia podrá ser ejercitado durante el plazo de un mes desde la publicación en el BORME de estos acuerdos. En caso de no suscribirse íntegramente el aumento de capital, el Consejo de Administración abrirá un segundo periodo de suscripción, cuyo plazo para su ejercicio será de otros cinco días naturales, para que los socios que hubieran acudido a la suscripción planteada puedan suscribir el resto del capital pendiente de suscribir. En caso de concurrencia de varios socios interesados en suscribir el resto del capital no suscrito, se prorratearía en proporción al capital ostentado por cada socio en la Sociedad, antes de la operación planteada. Se deja constancia de que el socio que no acuda al aumento de capital perderá tal condición. En caso del ejercicio del derecho de suscripción preferente mediante aportación dineraria, deberá acreditarse ante la Sociedad, remitiendo a ésta en su domicilio social, justificante con el correspondiente certificado de ingreso total nominal de las participaciones sociales a suscribir en la cuenta bancaria de la Sociedad, n.º ES68 2100 0732 2102 0028 8452, indicando como concepto del ingreso "suscripción ampliación de capital Asesoramiento y Servicios a la Dirección, S.L.".

Bilbao, 2 de abril de 2020.- El Administrador único, Guillermo Gumb Hernández.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid