Anuncio Reducción y Aumento simultáneo de Capital Social.
De conformidad con lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Pañerías Sabadell Tarrasa Barcelona, S.A. (en adelante, la "Sociedad"), celebrada el pasado 21 de abril de 2020, aprobó reducir y aumentar de manera simultánea el capital social de conformidad con lo previsto en los artículos 343 y siguientes de la LSC, procediendo a la reducción del capital social mediante la disminución a cero euros el valor nominal de cada una de las 28.250 acciones al portador y su consiguiente amortización; y ampliación simultánea del capital social mediante aportaciones dinerarias, en la cifra de 60.000 euros, mediante la emisión de 60.000 acciones al portador de un euro de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la 1 a la 60.000, ambas inclusive, que se emitirán a la par. La reducción de capital será eficaz si la ejecución de la ampliación simultánea alcanza el capital mínimo exigido por la Ley.
En la misma Junta se aprobó delegar las facultades en la Administradora única para ejecutar los acuerdos adoptados de aumentar el capital y para adaptar los estatutos sociales, dando nueva redacción al artículo 5, a fin de reflejar el capital social resultante de la ampliación. El derecho de suscripción preferente podrá ejercitarse por los accionistas durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, mediante desembolso del 100 por 100 del importe que le corresponda, que será depositado mediante cheque nominativo a favor de la sociedad, en la notaría de don José María Recio del Campo, sito en calle Goya, número 15, 5.º, de Madrid. En caso de que un socio no acuda a la ampliación, perderá la condición de socio. Caso de que el aumento no suscriba íntegramente dentro del plazo indicado, el Órgano de Administración abrirá automáticamente un segundo periodo de suscripción cuyo plazo para su ejercicio será de 5 días naturales, y que se realizará mediante comunicación escrita dirigida únicamente a aquellos accionistas que hubieren acudido a la suscripción planteada, para que puedan suscribir el resto de capital pendiente de suscribir.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 323 y 324 de la LSC, se hace constar que, tal y como se indica en la convocatoria de la Junta, la reducción del capital tiene por objeto reestablecer el equilibrio patrimonial de la compañía entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad, disminuido por las pérdidas, tomando como base el balance que a tal efecto también fue aprobado por la Junta General cerrado a 31 de diciembre de 2019 y sometido a verificación por el Auditor de cuentas designado al efecto por la Administradora única, don Jesús Salvador Moreno Pérez, ROAC 16771.
Se hace constar cuanto disponen los artículos 334 y 335.1 de la LSC, respecto a los acreedores de la sociedad.
Madrid, 22 de abril de 2020.- La Administradora única, Silvia Ramos Núñez.
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