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Documento BORME-C-2020-1609

AMADEUS IT GROUP, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 91, páginas 2052 a 2063 (12 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2020-1609

TEXTO

Junta General Ordinaria de Accionistas El Consejo de Administración de Amadeus IT Group, S.A., de conformidad con la normativa legal y estatutaria en vigor, ha acordado en su sesión del día 23 de abril de 2020, convocar a los señores accionistas de esta Sociedad a la Junta General Ordinaria, que se celebrará en Madrid, en primera convocatoria el día 17 de junio de 2020 a las once horas de la mañana en el domicilio social, sito en la calle Salvador de Madariaga, n.º 1 (28027 Madrid), o en segunda convocatoria, el día 18 de junio de 2020 a la misma hora y lugar, siendo válidas las mismas tarjetas expedidas para la primera convocatoria, para deliberar y resolver acerca de los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales -balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado sobre cambios en el patrimonio neto del ejercicio, estado de flujos de efectivo y memoria- e Informe de Gestión de la Sociedad, Cuentas Anuales consolidadas e Informe de Gestión consolidado de su Grupo de sociedades correspondientes todos ellos al ejercicio económico cerrado a 31 de diciembre de 2019.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, del estado de información no financiera correspondiente al ejercicio económico cerrado a 31 de diciembre de 2019 y que forma parte del Informe de Gestión consolidado.

Tercero.- Aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación de resultado de la Sociedad correspondiente al ejercicio social 2019.

Cuarto.- Examen y aprobación, si procede, de la gestión desarrollada por el Consejo de Administración correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2019.

Quinto.- Nombramiento y reelección de Consejeros. Las siguientes propuestas serán objeto de votación separada: 5.1 Nombramiento de doña Xiaoqun Clever como Consejera independiente por un periodo de tres años. 5.2 Reelección de don José Antonio Tazón García como Consejero independiente por un periodo de un año. 5.3 Reelección de don Luis Maroto Camino como Consejero ejecutivo por un periodo de un año. 5.4 Reelección de don David Webster como Consejero independiente por un periodo de un año. 5.5 Reelección de doña Clara Furse como Consejera independiente por un periodo de un año. 5.6 Reelección de don Nicolas Huss como Consejero independiente por un periodo de un año. 5.7 Reelección de don Pierre-Henri Gourgeon como Consejero bajo la categoría de "otros externos" por un periodo de un año. 5.8 Reelección de don Francesco Loredan como Consejero bajo la categoría de "otros externos" por un periodo de un año.

Sexto.- Informe anual sobre las remuneraciones de los Consejeros para su votación con carácter consultivo, de conformidad con el artículo 541.4 de la Ley de Sociedades de Capital.

Séptimo.- Aprobación de la retribución de los miembros del Consejo de Administración, en su condición de tales, para el ejercicio social 2020.

Octavo.- Delegación en el Consejo de Administración de la facultad de aumentar el capital social, con atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente, al amparo del artículo 297.1.b) y 506 de la Ley de Sociedades de Capital. Dejar sin efecto en la parte no utilizada la delegación conferida por la Junta General Ordinaria de Accionistas de 25 de junio de 2015.

Noveno.- Delegación de facultades en el Consejo de Administración, con facultad de sustitución, para la formalización, interpretación, subsanación y ejecución más plena de los acuerdos que adopte la Junta General de Accionistas.

DERECHO DE ASISTENCIA. De conformidad con los Estatutos de la Sociedad y el Reglamento de la Junta General de Accionistas, podrán asistir a la Junta General todos los accionistas que sean titulares de un mínimo de trescientas (300) acciones, a título individual o en agrupación con otros accionistas, y tuvieran las acciones representativas de dicho capital inscritas en el correspondiente registro de anotaciones en cuenta con, al menos, cinco (5) días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta. A cada accionista que, según lo dispuesto anteriormente, pueda asistir a la Junta le será facilitada una tarjeta de asistencia personal o de representación o de voto a distancia, según corresponda y en ella constará el número de acciones de que sea titular y votos que le correspondan, a razón de un voto por cada acción. Las tarjetas serán expedidas por las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores ("IBERCLEAR") o por la propia Sociedad, previa justificación de la titularidad de las acciones o por IBERCLEAR. La falta de tarjeta sólo podrá ser suplida mediante el correspondiente certificado de legitimación que acredite el cumplimiento de los requisitos de asistencia o mediante cualquier otro medio legalmente admitido. A los efectos de acreditar la identidad de los accionistas, o de quien válidamente los represente, a la entrada del local donde se celebre la Junta General, se podrá solicitar a los asistentes la tarjeta de asistencia, los documentos que acrediten la condición del representante, en su caso, y la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos. DERECHO DE REPRESENTACIÓN. Todo accionista que tenga derecho a asistir a la Junta General podrá hacerse representar en la misma por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. Aquellos accionistas que no alcancen el número mínimo de acciones requerido para asistir a la Junta podrán, en todo momento, delegar la representación de sus acciones en un accionista con derecho de asistencia a la Junta, así como agruparse con otros accionistas que se encuentren en la misma situación hasta alcanzar el número mínimo de acciones requerido, debiendo conferir la representación a uno de ellos. Representación a través de medios de comunicación a distancia - Correspondencia postal. El accionista podrá conferir su representación mediante correspondencia postal, remitiendo al domicilio social de la Sociedad en la calle Salvador de Madariaga 1, 28027 Madrid, -Departamento de Relaciones con los Inversores- la tarjeta de asistencia emitida por la entidad encargada del registro de anotaciones en cuenta debidamente firmada y cumplimentada por el accionista. Las personas jurídicas que confieran su representación a otro accionista por este medio deberán acompañar testimonio notarial de los poderes del representante que firme la tarjeta de asistencia o acreditar sus poderes por cualquier medio admitido en derecho. - Medios electrónicos. Las personas físicas podrán conferir la representación en la forma prevista en la página web corporativa de la Sociedad -www.corporate.amadeus.com/ Información para Inversores/ Junta General de Accionistas/ Servicio Electrónico, siguiendo las instrucciones establecidas a tales efectos, mediante la utilización de firma electrónica (Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) o Documento Nacional de Identidad electrónico. - Disposiciones comunes para los medios de comunicación a distancia. La representación es siempre revocable. Como regla general, se tendrá por válida la última actuación realizada por el accionista antes de la celebración de la Junta. En todo caso, la asistencia personal a la Junta General del representado tendrá valor de revocación de la representación. Para reputarse válida, la representación conferida por correspondencia postal o por medios electrónicos habrá de ser recibida en el Departamento de Relaciones con el Inversor, de conformidad con lo acordado por el Consejo de Administración de la Sociedad, antes de las once horas del día 16 de junio de 2020. Las recibidas con posterioridad se tendrán por no conferidas. Los documentos que recojan las representaciones para la Junta General deberán incluir, al menos, las siguientes menciones: (a) Fecha de celebración de la Junta General y el Orden del Día. (b) Identidad del representado y del representante. En caso de no especificarse, se entenderá que la representación ha sido otorgada a favor del Presidente del Consejo de Administración, del Consejero Delegado o del Secretario del Consejo de Administración, indistintamente. En caso de conflicto de intereses se entenderá conferida a la persona en quien no concurra tal circunstancia. (c) Número de acciones de las que es titular el accionista que otorgue la representación. (d) Las instrucciones sobre el sentido del voto del accionista que otorga la representación en cada uno de los puntos del Orden del Día. No obstante, si la representación hubiera sido válidamente otorgada conforme a la Ley y al Reglamento de la Junta de Accionistas pero no se incluyeran en la misma instrucciones para el ejercicio del voto o se suscitaran dudas sobre el destinatario o el alcance de la representación, se entenderá, salvo indicación expresa en contrario del accionista, que (I) la delegación se efectúa conforme a lo dispuesto en el apartado b) anterior (II); se refiere a todos los puntos comprendidos en el Orden del Día de la convocatoria de la Junta General; (III) el accionista desea que se vote de forma favorable a todas las propuestas formuladas por el Consejo de Administración en relación con los puntos comprendidos en el Orden del Día de la convocatoria; y (IV) respecto a los acuerdos sobre puntos no previstos en el Orden del Día de la convocatoria, debe entenderse que se autoriza el que puedan ser tratados en la Junta General de accionistas siempre que así lo permita la Ley y el representante ejercitará el voto en el sentido que entienda más favorable a los intereses del representado. Para que la representación sea válida, el representante deberá aceptar la representación asistiendo personalmente a la Junta, salvo que expresamente manifieste su voluntad en contra en la propia Junta en cuyo caso la representación se entenderá revocada. El Presidente de la Junta General está facultado para determinar la validez de las representaciones conferidas y el cumplimiento de los requisitos de asistencia a la Junta, pudiendo delegar esta función en el Secretario. No obstante lo anterior, la validez de la representación conferida por medios de comunicación a distancia queda sujeta a la comprobación de los datos facilitados por el accionista con el fichero HTITU02 facilitado por IBERCLEAR. En caso de discrepancia en cuanto al número de acciones comunicado por el accionista que confiere la representación y el mencionado fichero, prevalecerá éste último. La representación conferida por cualquiera de los medios de comunicación a distancia podrá dejarse sin efecto por revocación expresa del accionista, efectuada por el mismo medio o por asistencia a la reunión del accionista que la hubiera conferido. En los supuestos en que se hubiese formulado solicitud pública de representación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Sociedades de Capital, se aplicarán las reglas contenidas en la Ley de Sociedades de Capital y normativa de desarrollo. En particular, el documento en el que conste la representación deberá contener, además de las menciones previstas en los apartados anteriores, la indicación del sentido en que votará el representante en caso de que no se impartan instrucciones precisas. Además, el Consejero que la obtenga no ejercitará el derecho de voto correspondiente a las acciones representadas en aquellos puntos del Orden del Día en los que se encuentre en conflicto de interés, salvo que hubiese recibido del representado instrucciones de voto precisas para cada uno de dichos puntos, considerándose a estos efectos que hay instrucciones en el caso señalado en el apartado d) anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 526 de la Ley de Sociedades de Capital. La facultad de representación se entiende sin perjuicio de lo establecido en la Ley para los casos de representación familiar y de otorgamiento de poderes generales. Antes de su nombramiento, el representante deberá informar con detalle al accionista de si existe situación de conflicto de intereses, de acuerdo con lo previsto en el artículo 523 de la Ley de Sociedades de Capital. Si el conflicto fuera posterior al nombramiento y no se hubiese advertido al accionista representado de su posible existencia, deberá informarle de ello inmediatamente. En ambos casos, de no haber recibido nuevas instrucciones de voto precisas para cada uno de los asuntos sobre los que el representante tenga que votar en nombre del accionista, deberá abstenerse de emitir el voto. De conformidad con el artículo 524 de la Ley de Sociedades de Capital las entidades intermediarias que aparezcan legitimadas como accionistas en virtud del registro contable de las acciones pero que actúen por cuenta de diversas personas, podrán, en todo caso fraccionar el voto y ejercitarlo en sentido divergente en cumplimiento de instrucciones de voto diferentes, si así las hubieran recibido. Las entidades intermediarias anteriores podrán delegar el voto a cada uno de los titulares indirectos o terceros designados por estos, sin que pueda limitarse el número de delegaciones otorgadas. Se hace constar que si el representante designado fuera el Presidente o cualquier otro miembro del Consejo de Administración, puede encontrarse en conflicto de interés en relación con las propuestas de acuerdo formuladas fuera del Orden del Día, cuando se refieran a su revocación como Consejero o a la exigencia de responsabilidades. Dicho conflicto de interés puede hacerse extensivo al punto cuarto, quinto, sexto y séptimo del Orden del Día. COMPLEMENTO DE CONVOCATORIA Y DERECHO DE INFORMACIÓN. Los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la presente Junta incluyendo uno o más puntos del Orden del Día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada, así como presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día de la Junta convocada. El ejercicio de estos derechos deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en la Secretaría del Consejo de Administración, sita en el domicilio social calle Salvador de Madariaga 1, 28027 Madrid, dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación de la convocatoria. El complemento de la convocatoria, en su caso, será publicado con quince (15) días de antelación como mínimo a la fecha establecida para la reunión de la Junta General. De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar del Consejo de Administración, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día. Igualmente, durante la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar por escrito o verbalmente a los Consejeros las informaciones o aclaraciones o formular preguntas por escrito que estimen precisas acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor. FORO ELECTRÓNICO DE ACCIONISTAS. Con el fin de facilitar la comunicación entre los accionistas de la Sociedad con carácter previo a la celebración de la Junta, a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria, se habilita un Foro Electrónico de Accionistas en la página web corporativa de la Sociedad www.corporate.amadeus.com, al que, con las debidas garantías, podrán acceder tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que se puedan constituir al amparo del artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital. Las normas de acceso y funcionamiento se encuentran disponibles en la propia página web corporativa de la Sociedad. El Foro no constituye un canal de comunicación entre la Sociedad y sus accionistas y se habilita únicamente con la finalidad de facilitar la comunicación entre los accionistas de Amadeus con ocasión de la celebración de la Junta General. DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE. A partir de la fecha de publicación del anuncio de convocatoria, los accionistas tienen el derecho a examinar en el domicilio social, sito en Madrid, calle Salvador de Madariaga 1, y el derecho de obtener la entrega o el envío gratuito de una copia de los siguientes documentos: - Cuentas Anuales individuales y Cuentas Anuales consolidadas correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2019 y respectivos informes de auditoría; - Informe de Gestión de la Sociedad y de su Grupo de sociedades (incluyendo el estado de información no financiera ejercicio 2019 de conformidad con lo previsto en la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, en materia de información no financiera y diversidad, e Informe Anual de Gobierno Corporativo ejercicio 2019); - Estado de información no financiera ejercicio 2019. - Conforme al artículo 40.6 bis del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, según modificación de dicho texto legal realizada por la Disposición final primera, Trece, del Real Decreto-ley 11/2020 de 31 de marzo, (I) sustitución justificada de la propuesta de distribución del dividendo complementario incluida en las cuentas anuales del ejercicio 2019 formuladas por el Consejo de Administración el 27 de febrero de 2020, por la propuesta de su cancelación, según acuerdo del Consejo de Administración de 23 de marzo de 2020; y (II) escrito del auditor de cuentas de la Sociedad y de su Grupo, en el que confirma que no habría modificado su opinión de auditoría si hubiera conocido la decisión del Consejo de Administración antes de emitir su informe de auditoría (individual y consolidado). - Informe escrito justificativo del Consejo de Administración sobre el punto Octavo (delegación en el Consejo de Administración ampliación de capital y exclusión del derecho de suscripción preferente) del Orden del Día; - Perfil profesional (con identidad, perfil profesional y categoría) de los Consejeros cuyo nombramiento y/o reelección se propone (punto Quinto del Orden del Día); - Propuestas e Informe justificativo del Consejo de Administración sobre competencia, experiencia y méritos de los Consejeros propuestos y, en su caso, de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones (punto Quinto del Orden del Día); - Informe Anual sobre las Remuneraciones de los Consejeros (punto Sexto del Orden del Día); - Texto íntegro de la convocatoria de la Junta General y de las propuestas de acuerdos que el Consejo de Administración somete a aprobación de la Junta General de Accionistas, y, en su caso, el complemento a la convocatoria y las propuestas de acuerdos que presenten los accionistas con la documentación que, en su caso, se adjunte; - Número total de acciones y derechos de voto en la fecha de la convocatoria; - Modelo de formulario o tarjeta de asistencia, representación o voto; - Informe Global 2019; - El procedimiento para la emisión de voto y otorgamiento de representación en la Junta por medios de comunicación a distancia aprobado por el Consejo; - Normas de acceso y funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas. La información se facilitará por escrito, una vez comprobada la identidad y condición de accionista, hasta el día de la celebración de la Junta. Desde la fecha de publicación de esta convocatoria y hasta la fecha de celebración de la Junta, toda la documentación e información relativa a la misma estará disponible igualmente en la página web corporativa de la Sociedad (www.corporate.amadeus.com), de conformidad con el artículo 518 de la Ley de Sociedades de Capital. De conformidad con el Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, se encuentran disponibles en la página web corporativa (www.corporate.amadeus.com) los siguientes documentos: - Informe anual del Consejo de Administración. - Informe anual de la Comisión de Auditoría del Consejo. - Informe anual de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones del Consejo. - Informe anual de la Comisión de Auditoría del Consejo sobre la independencia de los auditores De conformidad con el artículo 506,4 de la Ley de Sociedades de Capital, con esta misma fecha, se pone a disposición de los Sres. accionistas el informe emitido por el Consejo de Administración con fecha 2 de abril de 2020 en relación con el acuerdo de aumento del capital social, con exclusión del derecho de suscripción preferente, así como el informe emitido por Deloitte, S.L., en su condición de experto independiente distinto del auditor de cuentas de la Sociedad, nombrado a estos efectos por el Registro Mercantil de Madrid, sobre la ampliación de capital, de fecha 2 de abril de 2020. Igualmente, de conformidad con el artículo 511 de la Ley de Sociedades de Capital, con esta misma fecha, se pone a disposición de los señores accionistas el informe emitido por el Consejo de Administración con fecha 2 de abril de 2020 en relación con el acuerdo de emisión de obligaciones convertibles, con exclusión del derecho de suscripción preferente, así como el informe emitido por Deloitte, S.L., en su condición de experto independiente distinto del auditor de cuentas de la Sociedad, nombrado a estos efectos por el Registro Mercantil de Madrid, sobre la emisión de obligaciones convertibles, de fecha 2 de abril de 2020. VOTO A DISTANCIA. El procedimiento de votación de los acuerdos se rige por lo previsto en los artículos 24 de los Estatutos Sociales y 19 del Reglamento de la Junta General de Accionistas. El ejercicio del derecho de voto sobre las propuestas de acuerdos correspondientes a los puntos comprendidos en el Orden del Día podrá delegarse o ejercitarse por el accionista mediante correspondencia postal, electrónica o cualquier otro medio de comunicación a distancia, siempre que para tales casos la Sociedad haya establecido procedimientos que garanticen debidamente la identidad del sujeto que ejerce su derecho de voto y la constancia de la identidad y condición (accionista o representante) de los votantes, del número de acciones con las que vota y del sentido del voto o, en su caso, de la abstención, y la seguridad de las comunicaciones electrónicas. Los medios de comunicación a distancia admitidos son los siguientes: - Correspondencia postal. El accionista podrá emitir su voto mediante correspondencia postal, remitiendo al domicilio social de la Sociedad en la calle Salvador de Madariaga 1, 28027 Madrid, -Departamento de Relaciones con los Inversores- la tarjeta de voto emitida por la entidad encargada del registro de anotaciones en cuenta debidamente firmada y cumplimentada por el accionista. Las personas jurídicas que emitan su voto por este medio deberán acompañar testimonio notarial de los poderes del representante que firme la tarjeta de voto o acreditar sus poderes por cualquier medio admitido en derecho. - Medios electrónicos. Las personas físicas podrán emitir su voto en la forma prevista en la página web corporativa de la Sociedad -www.corporate.amadeus.com/ Información para Inversores/ Junta General de Accionistas/Servicio Electrónico-, siguiendo las instrucciones establecidas a tales efectos, mediante la utilización de firma electrónica (Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) o Documento Nacional de Identidad electrónico. - Disposiciones comunes para los medios de comunicación a distancia. La validez del voto conferido por medios de comunicación a distancia queda sujeto a la comprobación de los datos facilitados por el accionista con el fichero HTITU02 facilitado por IBERCLEAR. En caso de discrepancia en cuanto al número de acciones comunicado por el accionista que emite su voto por medios de comunicación a distancia y el mencionado fichero, prevalecerá éste último. El voto emitido por medios de comunicación a distancia habrá de ser recibido en el Departamento de Relaciones con el Inversor antes de las once horas del día 16 de junio de 2020. Los recibidos con posterioridad se tendrán por no emitidos. El accionista que emita su voto por cualquiera de los medios de comunicación a distancia será considerado como presente a los efectos de la constitución de la Junta General. En consecuencia, las delegaciones realizadas con anterioridad a la emisión de ese voto se entenderán revocadas y las conferidas con posterioridad se tendrán por no efectuadas. El voto emitido por cualquiera de los medios de comunicación a distancia podrá dejarse sin efecto por revocación expresa del accionista efectuada por el mismo medio, por asistencia a la reunión del accionista que lo hubiera emitido o por la enajenación de las acciones por el accionista que hubiera emitido el voto de que tuviera conocimiento la Sociedad al menos cinco (5) días antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta en primera convocatoria. INCIDENCIAS TÉCNICAS. La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender cancelar o restringir los mecanismos electrónicos de delegación de representación o voto por razones técnicas o de seguridad. La Sociedad no se hace responsable de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de la falta de disponibilidad y efectivo funcionamiento de su página web corporativa y de sus servicios y contenidos, así como de averías, sobrecargas, caídas de línea, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole ajenas a la voluntad de la empresa, que impidan la utilización de los mecanismos electrónicos de delegación de la representación o voto. Las aplicaciones informáticas para el ejercicio del voto y la delegación de la representación a través de medios electrónicos estarán operativas a partir del día 17 de mayo y se cerrarán a las once horas del día 16 de junio de 2020. INTERVENCIÓN DE NOTARIO. En aplicación del artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital, el Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la reunión. PROTECCIÓN DE DATOS. Los datos de carácter personal que los accionistas remitan a la Sociedad para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto, participación en el Foro Electrónico de Accionistas o para el cumplimiento de cualquier obligación legal que se derive de la convocatoria y celebración de la Junta General de Accionistas o que sean facilitados por las entidades bancarias y Sociedades y Agencias de Valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones o por IBERCLEAR serán tratados (e incorporados a un fichero del que la Sociedad es responsable) con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial. Se hace constar que el desarrollo de toda o parte de la Junta General de Accionistas podrá ser objeto de grabación y podría ser retransmitida, con acceso al público, a través de la página web corporativa de la Sociedad (www.corporate.amadeus.com). Por el hecho de acceder al local de celebración de la Junta General de Accionistas, el asistente presta su consentimiento para la captación y reproducción de imágenes de su persona y para el tratamiento de sus datos personales a través de dichos medios. Los accionistas tendrán derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con la legislación vigente, mediante comunicación escrita dirigida al domicilio social de la Sociedad, calle Salvador de Madariaga 1, 28027 Madrid, - Secretaría del Consejo -. El accionista deberá informar a su representante de los extremos contenidos en los párrafos anteriores, garantizando que cuenta con su consentimiento. Asimismo, deberá cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales a la Sociedad, sin que ésta deba realizar ninguna actuación adicional en términos de información o consentimiento. PREVISIÓN DE CELEBRACIÓN DE LA JUNTA. Teniendo en cuenta la naturaleza de las propuestas que se someten a deliberación y acuerdo de la Junta, se advierte que, en primera convocatoria, se precisará la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean al menos el 50 por 100 del capital suscrito con derecho a voto, y en segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del 25 por 100 de dicho capital. No obstante lo anterior, para que en segunda convocatoria puedan adoptarse válidamente acuerdos que impliquen la facultad de aumentar el capital social, con atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente no habiéndose alcanzado un quórum de al menos el 50 por 100 del capital suscrito con derecho a voto, será necesario el voto favorable de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta. ADVERTENCIA DERIVADA DE LA ACTUAL SITUACIÓN DE ALARMA SANITARIA. Sin perjuicio de lo señalado anteriormente en el presente anuncio y, en previsión de que los días 17 o 18 de junio de 2020 se hubiese prorrogado y, por tanto, continuasen vigentes cualquier medida adoptada por la autoridad sanitaria o regulatoria competente que impidiese la presencia física de accionistas y/o representantes de los mismos en la Junta, de modo que los accionistas y/o sus representantes no pudieran asistir físicamente a la reunión de la Junta General Ordinaria de la Sociedad, así como las medidas excepcionales contenidas en el Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se informa a los accionistas que: a) Se recomienda que los accionistas utilicen los distintos canales puestos a su disposición para otorgar su representación y votar a distancia en la Junta, conforme a los procedimientos previstos en el presente anuncio. A estos efectos, se recuerda que podrán hacerlo a través de internet (www.corporate.amadeus.com), enviando la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia a la Sociedad por correo postal a la calle Salvador de Madariaga 1, 28027 Madrid, -Departamento de Relaciones con los Inversores, o entregándola en su entidad depositaria. Igualmente se recuerda que la Junta General será retransmitida a través de la página web corporativa antes indicada. b) Los miembros del Consejo de Administración deberán asistir físicamente a la reunión de la Junta General en los términos establecidos en el artículo 180 de la Ley de Sociedades de Capital. En el supuesto de que, como consecuencia de la situación derivada de la declaración de estado de alarma o de las medidas adoptadas para evitar riesgos contra la salud, alguno o todos los consejeros no pudieran -o no fuera recomendable- desplazarse físicamente al lugar de celebración de la Junta, el Consejo de Administración articulará los medios técnicos necesarios para que puedan conectarse telemáticamente en tiempo real y participar en la reunión por medios de comunicación a distancia. c) El Presidente sólo invitará o autorizará la asistencia a la Junta General del personal colaborador interno y externo estrictamente imprescindible para hacer posible la celebración de la Junta General. d) En el supuesto de que las medidas impuestas por las autoridades públicas impidiesen celebrar la Junta General en el lugar y sede física establecidos en la convocatoria, se podrán adoptar las medidas previstas en el artículo 41 del Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. En dicho sentido, el Consejo de Administración informará oportunamente a los accionistas y a los mercados en general de cuantas medidas resulten necesarias en función de las resoluciones o recomendaciones que puedan emitir las autoridades competentes a través de su página web (www.corporate.amadeus.com) o por los medios que resulten necesarios en función del alcance de las medidas. e) En caso de continuar las restricciones que impidan la presencia física el día de la Junta General, se permitirá la asistencia por medios telemáticos, en los términos que se mencionan a continuación, que estarán también disponibles en la página web corporativa. El accionista se deberá registrar conforme al procedimiento que se describe seguidamente (Asistencia Telemática), a través de la página web corporativa (www.corporate.amadeus.com) sobre la Junta General de Accionistas 2020. Asistencia Telemática. Los accionistas que deseen asistir por esta vía deberán registrarse desde la fecha de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas y no más tarde del día 16 de junio de 2020 antes de las once horas y cincuenta y nueve minutos de la mañana. El accionista deberá registrarse en la página web corporativa (www.corporate.amadeus.com) acreditando su identidad mediante alguno de los siguientes medios: (I) El Documento Nacional de Identidad Electrónico. (II) Un certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con lo previsto en la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. El accionista que se haya registrado para asistir telemáticamente a la Junta General, deberá conectarse en el sitio web corporativo (www.corporate.amadeus.com) el día de celebración de la Junta General, el día 17 de junio de 2020 o, en su caso, el día 18 de junio de 2020, según se celebre en primera o en segunda convocatoria, respectivamente, entre las diez horas y las diez horas y cuarenta y cinco minutos de la mañana, e identificarse según se le indique en las instrucciones de la aplicación. Solo se computarán como asistentes a efectos del quorum de asistencia a los accionistas que se hayan conectado antes de las diez horas y cuarenta y cinco minutos de la mañana del día de celebración de la Junta. No se admitirá el registro de asistentes fuera de esta franja horaria. La Sociedad se reserva el derecho de solicitar a los accionistas los medios de identificación adicionales que considere necesarios para comprobar su condición de accionistas y garantizar su autenticidad. De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, las intervenciones y propuestas de acuerdos o solicitud de informaciones o aclaraciones, que conforme a dicha ley, tengan intención de formular quienes vayan a asistir por medios telemáticos, deberán remitirse a la Sociedad, por escrito y en todo caso, en la forma, términos y condiciones establecidos en la aplicación informática de la página web de la Sociedad, como máximo hasta las once horas de la mañana del día 17 de junio de 2020 o, en su caso, del día 18 de junio de 2020, según se celebre la Junta General en primera o en segunda convocatoria, respectivamente. En el caso de que el accionista quiera que su intervención figure literalmente en el acta de la reunión deberá hacerlo constar expresamente en el referido formulario de intervenciones, adjuntando en su caso la citada intervención. Las solicitudes de informaciones o aclaraciones de los accionistas que asistan telemáticamente serán contestadas verbalmente durante la Junta General o por escrito, dentro de los siete días siguientes a su celebración. Los accionistas debidamente registrados que asistan telemáticamente podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día o que no figuren en el orden del día, a través de la aplicación informática y conforme al correspondiente formulario de voto y las normas de funcionamiento de esta. En todo caso, el proceso de votación por vía telemática respecto de todas las propuestas sometidas a la Junta General finalizará en el momento en el que se declare la conclusión del período de votación de las propuestas de acuerdo. La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de asistencia telemática a la Junta General cuando razones técnicas o de seguridad lo requieran o impongan. En tal caso, la Sociedad hará pública dicha circunstancia en la forma debida y con la suficiente antelación por cualquier medio que considere oportuno, informando de cualquier mecanismo alternativo que, en su caso, pudiera habilitarse y, en todo caso, de los demás medios de comunicación a distancia a disposición de los accionistas para la emisión o delegación del voto. La Sociedad no será responsable frente a terceros por cualquiera de dichas decisiones, ajenas a la voluntad de la sociedad, que pudieran impedir la utilización de la aplicación de asistencia telemática. A los efectos oportunos, la asistencia telemática del accionista será equivalente a la asistencia presencial a la Junta General Ordinaria de Accionistas. Todas estas medidas son compatibles con el cumplimiento de las obligaciones societarias y garantizan plenamente los derechos políticos de los accionistas. f) En caso de continuar las restricciones que impidan la presencia física el día de la Junta General, el notario que haya sido requerido para que asista a la Junta General y levante acta de la reunión podrá utilizar medios de comunicación a distancia en tiempo real que garanticen adecuadamente el cumplimiento de la función notarial. La Sociedad continuará monitorizando la evolución de los efectos del coronavirus COVID-19 y actualizará la información contenida en este anuncio en caso necesario, buscando siempre el cumplimiento de la normativa vigente y la mejor protección de la salud de nuestros accionistas, empleados, clientes y proveedores. Se comunica a los señores accionistas para evitarles desplazamientos innecesarios que la celebración de la Junta General se prevé que tenga lugar en Segunda Convocatoria, el día 18 de junio de 2020, a las once horas de la mañana, en el domicilio social, sito en la calle Salvador de Madariaga 1, 28027 Madrid.

Madrid, 8 de mayo de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración, Tomás López Fernebrand.

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