Está Vd. en

Documento BORME-C-2020-203

CAMPOS DE PALACIOS ASESORES CORREDURÍA
DE SEGUROS, S.L.
SOCIEDAD ABSORBENTE)
CORREDURÍA DE SEGUROS AJO SIERRA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 12, páginas 228 a 228 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-203

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de "CAMPOS DE PALACIOS ASESORES CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L." (Sociedad Absorbente) y de "CORREDURÍA DE SEGUROS AJO SIERRA, S.L.U." (Sociedad Absorbida), celebradas con fecha 14 de enero de 2020, aprobaron por unanimidad la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción por "CAMPOS DE PALACIOS ASESORES CORREDURIA DE SEGUROS, S.L." de "CORREDURIA DE SEGUROS AJO SIERRA, S.L.U.", mediante transmisión a título universal del patrimonio a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la sociedad absorbida, conforme a los términos y condiciones del Proyecto común de Fusión suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes, el día 13 de enero de 2020.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión, en cada una de las sociedades que participan en la misma, en Junta universal y por unanimidad de todos los socios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las sociedades que se fusionan, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Santander, 14 de enero de 2020.- El Administrador único de Campos de Palacios Asesores Correduría de Seguros, S.L., y Correduría de Seguros Ajo Sierra, S.L.U., Enrique Campos Echevarría.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid