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Documento BORME-C-2020-2044

PATRICKVATER II, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PATRICKVATER, B.V.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 2593 a 2593 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-2044

TEXTO

Anuncio de fusión transfronteriza intracomunitaria.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión de sus artículos 55 y 66.1 de la LME, se hace público que el socio único de la mercantil "Patrickvater II, S.L.U." (Sociedad Absorbente), y la Junta General Universal y Extraordinaria de socios de "Patrickvater, B.V." (Sociedad Absorbida), han acordado, por unanimidad, en fecha 25 de mayo de 2020 la fusión transfronteriza intracomunitaria mediante la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, que adquirirá, a título de sucesión universal, el patrimonio íntegro y todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida con disolución sin liquidación de esta última, en los términos y condiciones que resultan del proyecto común de fusión y el informe de los administradores sobre el mismo, que fueron redactados y aprobados por los Administradores únicos de "Patrickvater II, S.L.U." y "Patrickvater, B.V.", respectivamente, en fecha 24 de abril de 2020.

Tratándose de una fusión impropia inversa, en la que la filial ("Patrickvater II, S.L.U"), absorbe a la matriz ("Patrickvater, B.V."), no se ha procedido, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 49 de la LME, por remisión del artículo 52, a aumentar el capital de la Sociedad Absorbente.

El acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la LME, dado que el mismo ha sido aprobado por el socio único de la Sociedad Absorbente y por la Junta General Universal y Extraordinaria de socios de la Sociedad Absorbida, por unanimidad. No obstante lo anterior, se hace constar que el informe de los administradores fue puesto disposición de los socios con la antelación prevista en el artículo 60 de la LME, dado que se trata de una fusión transfronteriza intracomunitaria.

En cumplimiento de los artículos 43 y 66 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener, de manera gratuita, (i) información exhaustiva sobre las condiciones de la fusión y, en particular, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2019, y demás información relevante, así como (ii) las condiciones de ejercicio del derecho de oposición que corresponde a los acreedores dirigiéndose al domicilio social de la Sociedad Absorbente: calle Ausiàs Marc, 24, 1.º, 2.ª (08010 - Barcelona).

En virtud del artículo 44 de la LME, se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, a oponerse a la fusión transfronteriza en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último de los anuncios del acuerdo de fusión.

En Barcelona a, 25 de mayo de 2020.- El Administrador único de "Patrickvater, B.V.", "PraxisIFMNetherlands B.V.", representada por los apoderados Derrick James Rutgers y Birgitta Jonkman.- El Administrador único de "Patrickvater II, S.L.U.", Roberto Corradino.

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