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Documento BORME-C-2020-2059

ASOVEMERCA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 100, páginas 2608 a 2608 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2020-2059

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración, celebrado el 18 de mayo de 2019, se convoca a los señores socios a la Junta General Ordinaria de la Sociedad "ASOVEMERCA, S.A.", la cual se celebrará en el Mercado Municipal, sito en la Plaza de España, s/n, de Alcázar de San Juan (Ciudad Real), el lunes 29 de junio de 2020, a las 20:30 horas, en primera convocatoria, y en su caso el día siguiente, martes 30 de junio de 2020, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, para tratar el siguiente

Orden del día

Primero.- Lectura, y en su caso, aprobación de las Cuentas Anuales (Memoria, Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias) del ejercicio 2019, cerrado el 31 de diciembre de 2019, y de la propuesta de aplicación del resultado.

Segundo.- Redacción, lectura y aprobación si procede del Acta de la Junta.

Hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital, cualquier accionista podrá solicitar de los administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del día, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes. A partir de la Convocatoria de la Junta General, cualquier socio podrá obtener de la Sociedad de forma gratuita, los documentos que serán sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas, de acuerdo con lo previsto en el número 2 del artículo 272 del citado cuerpo legal. En los términos previstos en el artículo 184 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que no asistan a la Junta podrán delegar la representación en otra persona, aunque ésta no sea accionista. Sin perjuicio de lo establecido en la Ley para los casos de representación familiar y de otorgamiento de poderes generales, la representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para esta Junta. Los copropietarios de una acción habrán de designar una sola persona para el ejercicio de los derechos de socio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 126 del citado cuerpo legal.

Alcázar de San Juan, 21 de mayo de 2020.- El Administrador solidario, Carlos Ortega Herreros.

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