Está Vd. en

Documento BORME-C-2020-2106

PATRILYSSE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SPANISH TRANSLATION CENTER, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 100, páginas 2667 a 2667 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-2106

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los socios de las sociedades Patrilysse, S.L., y Spanish Translation Center, S.L., constituidos en Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de ambas sociedades el día 1 de enero de 2020 han acordado por unanimidad la fusión y absorción de Spanish Translation Center, S.L., por Patrilysse, S.L., resultando de aplicación lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, y por tanto, sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Dicha operación de fusión se aprobó con las menciones recogidas en el Proyecto Común de Fusión, de fecha 1 de enero de 2020, redactado y suscrito por los Administradores de ambas sociedades. Asimismo, se aprobó el Balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2019.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, apartado 1.º, de la Ley 3/2009 se trata de una fusión especial entre sociedades gemelas, asimilable a la absorción de sociedades íntegramente participadas, dado que absorbente y absorbida son sociedades íntegramente participadas de forma directa por los mismos socios. Esta absorción se realiza mediante la integración de ambos patrimonios e implicará la extinción de Spanish Translation Center, S.L., y la transmisión en bloque de su patrimonio social a PATRILYSSE, S.L., la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Spanish Translation Center, S.L. Este proceso de integración se desarrolla sin ampliación del capital social ni relación de canje, ni en consecuencia intervención de experto. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, así como de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y los respectivos balances de fusión.

Málaga, 21 de mayo de 2020.- La Administradora única de Patrilysse, S.L., y de Spanish Translation Center, S.L., Ann Clara Martha Scharre.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid