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Documento BORME-C-2020-2150

HOLAFIBRA TELECOM, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DESARROLLOS PENINSULARES DE FIBRA ÓPTICA, S.L.
HOLAFIBRA ALCAIDESA, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 2723 a 2723 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-2150

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De acuerdo con el artículos 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de la Sociedad Absorbente ha decidió el día 20 de mayo de 2020, aprobar la fusión por absorción de las sociedades "HOLAFIBRA TELECOM, S.L.", como Sociedad Absorbente, y "DESARROLLOS PENINSULARES DE FIBRA ÓPTICA, S.L." y "HOLAFIBRA ALCAIDESA, S.L.", como Sociedades Absorbidas, extinguiéndose, éstas últimas, sin liquidación y transmitiéndose en bloque todos sus activos y pasivos a la Sociedad Absorbente y todo ello según los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2019, y el Proyecto Común de Fusión de fecha 20 de mayo de 2020.

Se trata de una fusión de sociedades íntegramente participadas por lo que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 49.1 de la LME, no han resultado necesarios los informes de los Administradores, ni los de los expertos independientes. Tampoco ha sido necesario el canje de acciones, ni se ha introducido reforma alguna en los estatutos de la Sociedad Absorbente como consecuencia de la fusión.

Tampoco será necesario en virtud del artículo 42 de la LME, publicar o depositar el proyecto de fusión, ni demás documentos exigidos por la ley.

Conforme al acuerdo de fusión aprobado, las operaciones realizadas por las Sociedades Absorbidas se entenderán realizadas, por cuenta de la Sociedad Absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2020, inclusive.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Málaga, 20 de mayo de 2020.- El Administrador solidario de Holafibra Telecom, S.L., José Ignacio Aguirre Álvarez.

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