Está Vd. en

Documento BORME-C-2020-2153

TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DTS, DISTRIBUIDORA DE TELEVISIÓN DIGITAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 2726 a 2726 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-2153

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el accionista único de Telefónica de España, S.A.U. ("Sociedad Absorbente" o "TdE"), y el accionista único de la sociedad DTS, Distribuidora de Televisión Digital, S.A.U. ("Sociedad Absorbida" o "DTS"), en ambos casos, en ejercicio de sus competencias de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, han aprobado la fusión por absorción de DTS por TdE, habiendo adoptado los correspondientes acuerdos el día 19 de mayo de 2020 y el día 18 de mayo de 2020, respectivamente, todo ello en conformidad con el proyecto de fusión suscrito el 3 de abril de 2020 por los administradores de ambas sociedades (la "Fusión"). La Fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma.

Dado que DTS es una sociedad íntegramente participada por TdE, la Fusión se encuentra sometida al régimen establecido en el artículo 49 LME, previsto para las sociedades íntegramente participadas, por lo que le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el precepto anteriormente citado. A los efectos anteriores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 LME, cada uno de los acuerdos de fusión se ha adoptado de forma unánime, sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de TdE y DTS de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de TdE y DTS de oponerse a la Fusión, todo ello en el plazo y en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 22 de mayo de 2020.- El Administradores solidarios de Telefónica de España, S.A.U., y TDS Distribuidora de Televisión Digital, S.A.U.,, Jesús Pérez de Urigüen Muinelo y Francisco Borja de Nicolás Benito.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid