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Documento BORME-C-2020-2684

PROZUCOVI, S.A. UNIPERSONAL

Publicado en:
«BORME» núm. 115, páginas 3376 a 3376 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-2684

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social.

A los efectos de los dispuesto en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que el día 10 de junio de 2020 el accionista único de PROZUCOVI, S.A.U. (en adelante, la "Sociedad"), adoptó, previa compensación de pérdidas con cargo a reservas, la decisión de reducir el capital social de la Sociedad hasta el importe de siete millones ochocientos veinticinco mil euros (7.825.000 €), con la consecuente modificación del artículo 5.º de los Estatutos sociales.

El importe de la reducción asciende a la cifra de seis millones ciento setenta y cinco mil euros (6.175.000 €); es decir, de los catorce millones de euros (14.000.000 €) actuales de capital social se pasa a siete millones ochocientos veinticinco mil euros (7.825.000 €) mediante la amortización de 6.175 acciones de la Sociedad de mil euros (1.000 €) de valor nominal cada una, numeradas de la 7.826 a la 14.000, ambas incluidas. La reducción de capital no ha supuesto la devolución de aportaciones al accionista único y ha quedado ejecutada en el acto.

La finalidad de la reducción de capital es reestablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto disminuido como consecuencia de las pérdidas acumuladas, destinándose el importe de la reducción de capital a compensar parcialmente la partida de "Resultados Negativos de Ejercicios Anteriores", que queda reducida a dieciséis mil novecientos cuarenta y nueve euros con veintiséis céntimos (16.949,26 €) de pérdidas.

Según el artículo 323 de la LSC, la presente reducción de capital toma como referencia el balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2019, aprobado por el accionista único en el día de hoy, y sometido a la verificación por el auditor de cuentas, AUDRIA, S.L. Dicho balance e informe del auditor emitido con fecha 31 de marzo de 2020 se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

En virtud del artículo 335.a) de la LSC, se hace constar que, atendida la finalidad de la reducción del capital social, los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.

Madrid, 10 de junio de 2020.- El Administrador solidario, Alfredo Zulueta Martín-Artajo.

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