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Documento BORME-C-2020-2843

SARGÓN ENERGÍAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ENERGÍAS RENOVABLES BONETE, S.L.U.
ENERGÍAS RENOVABLES BONETE 7, S.L.U.
ENERGÍAS RENOVABLES BONETE 8, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 118, páginas 3580 a 3580 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-2843

TEXTO

Se comunica que por decisión de los Socios Únicos de las mercantiles Sargón Energías, S.L.U., Energías Renovables Bonete, S.L.U., Energías Renovables Bonete 7, S.L.U., y Energías Renovables Bonete 8, S.L.U., el día 10 de junio de 2020, en la calle Marqués de la Ensenada, número 14 (Madrid), se decidió, entre otros extremos, la fusión por absorción de Energías Renovables Bonete, S.L.U., Energías Renovables Bonete 7, S.L.U., y Energías Renovables Bonete 8, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), por Sargón Energías, S.L.U., siendo la Sociedad Absorbente socio único directo de Energías Renovables Bonete, S.L.U., e indirecto a través de Energías Renovables Bonete, S.L.U., de Energías Renovables Bonete 7, S.L.U., y Energías Renovables Bonete 8, S.L.U., adquiriendo Sargón Energías, S.L.U., por sucesión universal la totalidad del patrimonio de la sociedades absorbidas.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y de los acreedores a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión de oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales.

Madrid, 10 de junio de 2020.- El Administrador solidario de las sociedades intervinientes en la fusión, Cristóbal Sabino Rodríguez Aguirre.

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