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Documento BORME-C-2020-2929

MORENO ARRONES RUS GESTIÓN PATRIMONIAL, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 3694 a 3695 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2020-2929

TEXTO

Convocatoria de Junta General Extraordinaria. Por la presente se comunica que el Administrador único de Moreno Arrones Rus Gestión Patrimonial, S.L., ha acordado la convocatoria de la Junta General Extraordinaria de socios, que tendrá lugar el día 15 de julio de 2020, a las once horas, en el domicilio social sito en Madrid, calle Luis I, 56, todo ello de conformidad con el artículo 10.º de los estatutos sociales, con el fin tratar y resolver sobre los asuntos contenidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación del aumento de capital social de 50.390 euros, mediante la creación y puesta en circulación de 5.039 nuevas participaciones sociales de 10 euros de valor nominal cada una, con una prima de asunción de 24,470229927 euros por participación y que se suscribirán y desembolsarán íntegramente mediante la compensación de créditos y con renuncia al derecho de suscripción preferente.

Segundo.- Modificación del artículo 5.º de los estatutos sociales.

Tercero.- Modificación del artículo 10.ª de los estatutos sociales sobre la forma de la convocatoria.

Cuarto.- Protocolización de los acuerdos adoptados.

Quinto.- Ruegos y preguntas.

Sexto.- Redacción, lectura y aprobación, en su caso, del acta de la Junta de socios.

Derecho de información. De acuerdo con lo establecido en el artículo 272.2 de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la convocatoria de la Junta General, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma. Igualmente, conforme a lo establecido en el artículo 301.2 y 301.4 de la Ley de Sociedades de Capital, los socios podrán examinar, en el domicilio social, el informe del administrador sobre la naturaleza y características de los créditos a compensar. También, de conformidad con el artículo 308 de la Ley de Sociedades de Capital, los socios podrán examinar, en el domicilio social, el informe del administrador sobre la exclusión del derecho de preferencia, así como pedir la entrega o el envío gratuito de este documento. Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Sociedades de Capital, los socios podrán solicitar por escrito del administrador único, con anterioridad a la reunión de la Junta general y acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del día, los informes o aclaraciones que estimen precisos. Durante la celebración de la Junta general, los socios de la sociedad podrán solicitar verbalmente los informes y aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del día. El Administrador único estará obligado a proporcionar la información solicitada al amparo de los dos apartados anteriores, salvo en los casos en que, a juicio del órgano de administración, la publicidad de la información solicitada perjudique el interés social. No procederá la denegación de información cuando la solicitud esté apoyada por socios que representen, al menos, el 25% del capital social.

Madrid, 18 de junio de 2020.- El Administrador único, Ángel Moreno Arrones Santos Olmo.

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