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Documento BORME-C-2020-3024

MAS MANEGUET, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 3805 a 3805 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-3024

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Ordinaria de Accionistas de Mas Maneguet, S.A. (en adelante, la "Sociedad"), celebrada el pasado 3 de junio de 2020 acordó, por unanimidad, aumentar el capital social de la Sociedad en la cantidad de 500.482,52 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 883 nuevas acciones de 566,7978689 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 18.503 a la 19.385, ambas inclusive, de la serie B. Dicha ampliación de capital se efectuará mediante aportaciones dinerarias.

Asimismo, se ha acordado emitir las acciones sin prima de emisión, por lo que se emitirán por su valor nominal. Las acciones emitidas gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de serie B de la Sociedad actualmente en circulación.

Los accionistas tendrán el derecho de suscripción preferente en número de acciones proporcional al valor nominal de las que cada accionista posea, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del anuncio de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Transcurrido el plazo de un mes para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, las acciones que no hayan sido efectivamente suscritas y desembolsadas podrán serlo por los otros accionistas, a cuyo fin será necesario que hayan comunicado fehacientemente a la Sociedad al suscribir las nuevas, su deseo de suscribir las acciones sobrantes en todo o en parte o el número de acciones que para tal caso desea, a cuyo fin al finalizar el plazo inicial de un mes el Presidente del Consejo de Administración, en su caso, comunicará a cada accionista interesado en el plazo de los siguientes diez (10) días hábiles, la asignación de acciones sobrantes de acuerdo con las solicitudes recibidas, debiendo los accionistas desembolsar los importes correspondientes a las asignaciones resultantes dentro del plazo de quince (15) días hábiles posteriores desde la recepción de la comunicación al efecto practicada por el Presidente.

Por otra parte y de conformidad con lo previsto en el artículo 311 de la LSC, el acuerdo de la junta de 3 de junio de 2020, prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta de aumento de capital, de manera que si éste, dentro del correspondiente período total de suscripción no fuera suscrito íntegramente, la cuantía del aumento de capital quedará limitada al valor nominal de las acciones efectivamente suscritas y desembolsadas en la cuantía antes indicada, quedando sin efecto el acuerdo de aumento de capital en cuanto al importe restante.

Tarragona, 19 de junio de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración, Alejandro Llevat Felius.

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