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Documento BORME-C-2020-305

QUIMIVITA, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
BONDERALIA MONTOIL, S.A.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN
Y A SU VEZ ESCINDIDA PARCIALMENTE)
QUIMIVITA PRODUCTS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 17, páginas 342 a 342 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-305

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión de lo dispuesto en el artículo 73 de la misma Ley, se hace público que la Junta General extraordinaria y universal de "Bonderalia Montoil, S.A." (Sociedad Beneficiaria de la escisión y a su vez Escindida Parcialmente), celebrada el día 20 de enero de 2020, ha aprobado, anulando los acuerdos adoptados en la Junta celebrada el pasado 27 de diciembre de 2019 y publicados el día 31 de diciembre de 2019, en el BORME núm. 249, pág. 10955, y en el diario El País, por unanimidad, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, la escisión parcial inversa de su íntegramente participada "Quimivita, S.A.U." (sociedad escindida parcialmente), mediante el traspaso en bloque y por sucesión universal de parte de su patrimonio a la primera, esto es, a Bonderalia Montoil, S.A., la cual, a su vez y simultáneamente, se escindirá parcialmente mediante el traspaso de parte de su patrimonio a la sociedad "Quimivita Products, S.L." (Sociedad beneficiaria de la escisión parcial), que se creará como consecuencia de la escisión.

El acuerdo de escisión inversa se adopta sin necesidad de intervención de la Junta General de la sociedad escindida parcialmente, en aplicación de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 3/2009 por remisión de lo previsto en el artículo 73 de la misma Ley, por ser la Sociedad Beneficiaria el Accionista único de la Sociedad Escindida.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la doble escisión parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los balances de escisión aprobados.

Asimismo se hace constar que los acreedores de las sociedades intervinientes podrán ejercer su derecho de oposición en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 3/2009, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Zaragoza y Barcelona, 20 de enero de 2020.- El Administrador único de "Bonderalia Montoil, S.A." y de "Quimivita, S.A.U.", Ramón Balañá Mesegué.

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