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Documento BORME-C-2020-3519

GENERAL ELEVADORES XXI, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GENERAL ELEVADORES XXI, S.L.
GENERAL INMOBILIARIA GEXXI, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 134, páginas 4396 a 4396 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3519

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 30 de junio de 2020, la junta general extraordinaria y universal de socios de "GENERAL ELEVADORES XXI, S.L." (la "Sociedad"), ha aprobado la escisión total de la Sociedad a favor de dos sociedades beneficiarias de nueva creación, "GENERAL ELEVADORES XXI, S.L.", sucesora de la denominación social de la Sociedad (la "Sociedad Beneficiaria 1") y "GENERAL INMOBILIARIA GEXXI, S.L." (la "Sociedad Beneficiaria 2") (conjuntamente, las "Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación") en los términos establecidos en el proyecto de escisión formulado con fecha 30 de junio de 2020.

La referida escisión total implica la extinción sin liquidación de la Sociedad y la consiguiente constitución de las Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación, esto es, "GENERAL ELEVADORES XXI, S.L." y "GENERAL INMOBILIARIA GEXXI, S.L.", mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal del patrimonio de la Sociedad a las Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación, conforme a la distribución establecida en el proyecto de escisión, y la atribución de participaciones de las Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación a los socios de la Sociedad, en proporción a su respectiva participación en la misma.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, así como el balance de escisión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Campanillas (Málaga), 30 de junio de 2020.- La Secretaria, Carmen María Encuentra Seminario.- El Presidente, Gonzalo Encuentra Seminario.

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