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Documento BORME-C-2020-3548

NINETY NINE EQUITIES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ATTITUDE TECHNOLOGIES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 4429 a 4429 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3548

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único de Ninety Nine Equities, S.L.U., y de Attitude Technologies, S.L.U., sociedades inscritas en el Registro Mercantil de Madrid, por decisión de 25 de junio de 2020, aprobó la fusión por absorción Attitude Technologies, S.L.U. (sociedad absorbida), por Ninety Nine Equities, S.L.U. (sociedad absorbente), adquiriendo ésta última por sucesión universal el patrimonio de la sociedad absorbida, la cual quedará liquidada y extinguida. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances cerrados a 31 de diciembre de 2019, de dichas sociedades, también aprobados por el socio único.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, la fusión tiene por objeto dos sociedades participadas directamente al 100% por el mismo socio único. En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente. La fusión anteriormente referida tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2020. En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, al haberse adoptado el acuerdo de fusión en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de ambas sociedades y por el procedimiento simplificado previsto en los artículos 49 y 52, de la Ley, no es necesario publicar o depositar previamente en el Registro Mercantil el proyecto de fusión, el Balance de Fusión, y el informe de los Administradores o expertos independientes, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 49 y 52 de la citada Ley. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, y cuya entrega o envío gratuito podrán solicitar, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan por plazo de un mes, todo ello, según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la citada ley. Igualmente, se hace constar el derecho de información que corresponde a los trabajadores y a sus representantes sobre el objeto y el alcance de la fusión, y en particular sobre el empleo

Madrid, 25 de junio de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración de Ninety Nine Equities, S.L.U., y representante persona física de Ninety Nine Markets Corporation, Administrador único de Attitude Technologies, S.L.U., Javier Sanz Álvarez,.

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