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Documento BORME-C-2020-3612

JOSÉ LUIS AZORÍN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PRONEUSINVERT, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 137, páginas 4506 a 4506 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3612

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que los socios de José Luis Azorín, S.L., y de Proneusinvert, S.L., acordaron en Juntas Generales Extraordinarias y Universales y, por unanimidad de todos los socios, la fusión de las sociedades por medio de la absorción de Proneusinvert, S.L. por parte de José Luis Azorín, S.L., con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la atribución de su patrimonio integro a título universal a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión redactado por el administrador de ambas sociedades con fecha 2 de marzo de 2020, y a los efectos de lo dispuesto en el articulo 42 de la LME, los socios de ambas sociedades, absorbente y absorbida, procedieron a aprobar la fusión mediante acuerdos de fecha 7 de marzo de 2020. Por tanto, y dado que las sociedades participantes en la fusión adoptaron en junta universal y por unanimidad de todos los socios, el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción según prevé el articulo 42 de la LME, y en consecuencia el acuerdo de fusión puede otorgarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe del Administrador sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, de acuerdo con el artículo 43 de la LME. Así mismo, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores de las sociedades que participan en la fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Novelda, 6 de julio de 2020.- El Administrador único, José Luis Azorín Egea.

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