Está Vd. en

Documento BORME-C-2020-4255

CORBAR, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
C&C CONFORT APARTMENTS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 5252 a 5252 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-4255

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

Conforme el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad CORBAR, S.L. (sociedad parcialmente escindida) celebrada el dos de enero de 2020, acordó por unanimidad la escisión parcial de determinados elementos patrimoniales de CORBAR, S.L. mediante el traspaso en bloque de los activos y pasivos que constituyen una unidad económica autónoma, referente al negocio inmobiliario constituido por diferentes activos inmobiliarios, a la sociedad beneficiaria y de nueva creación C&C CONFORT APARTMENTS, S.L., la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

El acuerdo de escisión parcial se adoptó en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida, no siendo necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 42, 73 y 78 bis de la LME.

Se hace constar que el acuerdo de escisión parcial contiene el listado de elementos de activo y pasivo que componen la unidad económica relativa a la actividad de la sociedad beneficiaria de la nueva creación C&C CONFORT APARTMENTS, S.L.

En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, el balance de escisión y los informes, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la escisión parcial y la reducción de capital planteada con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.

Barcelona, 30 de julio de 2020.- Los Administradores, Pedro Cortes Castañer y Gabriel Cortes Castañer.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid