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Documento BORME-C-2020-4472

AIR LIQUIDE HEALTHCARE ESPAÑA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NOVALAB IBÉRICA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 5496 a 5496 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-4472

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME") se hace público que, en fecha 29 de julio de 2020, la Junta de socios de Air Liquide Healthcare España, S.L. (esto es, las sociedades Air Liquide Ibérica de Gases, S.L.U. y AL Air Liquide España, S.A.) y el accionista único de Novalab Ibérica, S.A.U. (esto es, Air Liquide Healthcare España, S.L.), ejerciendo las competencias atribuidas a la Junta General, han aprobado la fusión por absorción de Novalab Ibérica, S.A.U. (Sociedad Absorbida) por parte de Air Liquide Healthcare España, S.L. (Sociedad Absorbente), con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque del patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los elementos del activo y pasivo, así como los derechos y obligaciones de aquélla.

La fusión proyectada se sujeta a lo dispuesto en el artículo 49.1. de la LME, ya que las sociedades intervinientes en la fusión cumplen los requisitos establecidos en el artículo 52.1 de la LME, dado que la Sociedad Absorbida está íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, por lo que no será preciso aumentar el capital social de la Sociedad Absorbente, así como tampoco la elaboración de informes por parte de los administradores de las sociedades intervinientes, ni la participación de expertos independientes en la Fusión.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios/accionistas, representantes de los trabajadores y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener de manera gratuita el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los balances de fusión. Se informa igualmente a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de su derecho de oponerse a la fusión en el plazo y términos previstos en el artículo 44 LME.

Madrid, 4 de agosto de 2020.- La Secretaria no Consejera de Air Liquide Healthcare España, S.L. y los Administradores mancomunados de Novalab Ibérica, S.A.U., María del Pilar Navarro Jaquotot, Francisco Manuel Crespo Penalba y Ángel Luis Bajils Marina.

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