Contido non dispoñible en galego
El 3 de agosto de 2020, el socio único de Operinter Valencia, S.L.U., aprobó la fusión por absorción de las sociedades íntegramente participadas por ésta, Operinter Alicante, S.A.U., y Operinter Castellón, S.L.U., ajustándose al Proyecto de Fusión de 26 de junio de 2020 formulado por los Administradores únicos de todas ellas, siendo de aplicación entre otros los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Se aprobó el citado Proyecto y los balances de fusión, de 31 de diciembre de 2019, de las tres sociedades.
Se adquirirá todo el patrimonio de las entidades absorbidas, que se extinguirán y disolverán sin liquidación, sin aumento de capital ni tipo de canje y sin necesidad de informe de expertos y administradores sobre el Proyecto ni aprobación de la fusión por los socios de las sociedades absorbidas. La fecha de efectos contables es el 1 de enero de 2020.
No hay incidencia sobre aportaciones de industria o prestaciones accesorias ni compensaciones para socios, ni derechos especiales ni opciones en la sociedad beneficiaria, ni ventajas para expertos y administradores. Tampoco consecuencias sobre el empleo, ni impacto de género en los órganos de administración, ni incidencia en la responsabilidad social de la empresa.
Se hace constar el derecho que asiste a socios y acreedores de las tres sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos o decisiones adoptadas y de los balances de fusión y el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio, en los términos de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009.
Alboraya (Valencia), 3 de agosto de 2020.- El representante persona física de Leisez, S.L., como Administrador único de Operinter Valencia, S.L.U., Operinter Alicante, S.A.U., y Operinter Castellón, S.L.U., Pedro Manuel López Moreno.
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