Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el Socio Único de la mercantil TRANSPORTES DE MERCANCIAS LICANCABUR, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), así como el Socio Único de la mercantil IGRAC 2006 kft (la "Sociedad Absorbida"), constituidos en Junta General en fecha 04 de agosto de 2020, han aprobado la fusión por absorción de las mencionadas sociedades, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado y formulado por los respectivos Órganos de Administración.
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, que quedará disueltas sin liquidación como consecuencia de la fusión, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades Fusionadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades Fusionadas de oponerse a la fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Valencia, 6 de agosto de 2020.- El Administrador único de la sociedad Transportes de Mercancias Licancabur, S.L.U, Luis Catalá Vicent.
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