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Documento BORME-C-2020-4880

CONSTRUCCIONES ETXEGAIN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ORIAMENDI AZPI, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 172, páginas 5953 a 5953 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-4880

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el Capítulo VII del Titulo VI de la Norma foral 2/2014 de 4 de julio del Impuesto sobre sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa se hace público que la junta general extraordinaria y universal de socios de CONSTRUCCIONES ETXEGAIN, S.L. (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 5 de agosto de 2020 acordó, por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de CONSTRUCCIONES ETXEGAIN, S.L., mediante la transmisión a la sociedad de nueva creación denominada ORIAMENDI AZPI, S.L. (Sociedad beneficiaria), de la parte del patrimonio de CONSTRUCCIONES ETXEGAIN, S.L., que forma la unidad económica dedicada a la actividad de promoción inmobiliaria, que será transmitida en bloque a la sociedad ORIAMENDI AZPI, S.L., la cual adquirirá por sucesión universal la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones que componen la citada unidad económica, siendo el socio el mismo en ambas sociedades.

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida CONSTRUCCIONES ETXEGAIN, S.L., reducirá sus reservas en la cuantía necesaria no modificando el artículo 6.º de sus Estatutos sociales, relativo al capital social por ser el mínimo exigible según Ley, con arreglo al proyecto de escisión de fecha 4 de agosto de 2020 suscrito por el Administrador único, que no ha sido depositado en el Registro Mercantil de Gipuzkoa por cumplirse los requisitos del artículo 42 de la Ley 3/2009.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, así como el derecho de los últimos de oponerse a la escisión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

Donostia - San Sebastián, 31 de agosto de 2020.- Administrador, José Manuel Elícegui Sarobe.

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