Está Vd. en

Documento BORME-C-2020-5813

PROMOCIONES TÉCNICAS MÉDICAS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 192, páginas 7065 a 7066 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2020-5813

TEXTO

Reducción y Aumento del Capital Social simultáneos.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 305 y 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Ordinaria de Promociones Técnicas Médicas, S.A., celebrada, en primera convocatoria, el pasado 25 de septiembre de 2020, adoptó, por unanimidad, de los accionistas asistentes y/o representados, el acuerdo, entre otros, de reducir el capital social a cero euros, mediante la amortización de la totalidad de las acciones de la sociedad para compensar pérdidas y con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad y simultáneamente la ampliación o aumento del capital social hasta la cifra máxima de 415.800 euros, mediante la emisión de 415.800 nuevas acciones nominativas ordinarias de un euro (1 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 415.800, ambos inclusive, sin prima de emisión, y autorizándose la suscripción parcial o incompleta.

Los términos en los que se ha acordado el referido acuerdo de reducción y simultáneo aumento o ampliación de capital social son los que se detallan a continuación:

1.- Reducción del capital social a cero euros, mediante la amortización de la totalidad de las acciones de la sociedad para compensar pérdidas y con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad.

2.- Ampliar capital en un máximo de hasta 415.800 euros, mediante la emisión de un máximo de 415.800 acciones nominativas de 1 euro de valor nominal cada una, numeradas, en su caso, de los números 1 al 415.800 ambas inclusive. Los accionistas podrán efectuar el desembolso en el plazo de un mes desde el envío de la comunicación escrita que el órgano de administración efectuará a los accionistas de conformidad con lo establecido en el artículo 305.3 de la Ley de Sociedades de Capital o desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el Borme, mediante ingreso en la cuenta de la sociedad, con comunicación por escrito a la sociedad de dicha aportación.

3.- Se reconoce a los accionistas el derecho a asumir un número de nuevas acciones derivadas del subsiguiente aumento de capital proporcional al porcentaje de las que poseen en la actualidad, de manera que cada accionista tendrá derecho a asumir por cada (1) acción antigua 200 nuevas acciones.

4.- Las acciones no asumidas en ejercicio del derecho de adquisición preferente por los accionistas, no serán ofrecidas a otros socios ni terceros por el órgano de administración de conformidad con lo establecido en al artículo 307 LSC al no contemplarlo los estatutos.

5.- En el supuesto de que el aumento de capital social no se haya desembolsado íntegramente por los socios en el plazo máximo establecido al efecto, el capital quedará aumentado únicamente en la cuantía desembolsada.

6.- Facultar al órgano de administración para determinar las condiciones del acuerdo en todo lo no específicamente previsto, para la denominación y numeración definitiva de las acciones adjudicadas a cada uno de los socios, así como para hacer constar, una vez ejecutado el aumento, la nueva redacción de los Estatutos Sociales en su artículo 5.º en el supuesto de que el aumento no se produzca en su totalidad.

Madrid, 25 de septiembre de 2020.- La Administradora única Gaias Salud Invest, S.L., y en su representación don Antonio García Pravos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid