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Documento BORME-C-2020-6026

INDUSTRIAS METÁLICAS RUIZ, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ESTAMPACIONES MORELLA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 198, páginas 7308 a 7308 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-6026

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público para general conocimiento que, el 1 de octubre de 2020, se adoptó el acuerdo social consistente en la fusión por absorción de la mercantil INDUSTRIAS METÁLICAS RUIZ, S.A.U. (Sociedad Absorbente), con la mercantil ESTAMPACIONES MORELLA, S.L.U. (Sociedad Absorbida), en los términos previstos en el artículo 49 del mismo cuerpo legal, comportando dicha fusión, la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, INDUSTRIAS METÁLICAS RUIZ, S.A.U., la cual adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la absorbida, según los términos establecidos en el proyecto de fusión.

Ambas sociedades está participadas de forma idéntica por el mismo socio, por lo que se trata de un supuesto de fusión entre sociedades gemelas y, en consecuencia, por remisión artículo 52.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, tiene carácter especial de sociedad íntegramente participada contemplado en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Las sociedades participantes han adoptado unánimemente el acuerdo de fusión. Por ello, la operación se estructura y enmarca dentro de la fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión que se regula en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores y obligacionistas de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 durante el plazo de un mes desde la publicación de este anuncio de fusión en los términos de la legalidad vigente.

Gijón, 1 de octubre de 2020.- La representante persona física de "Grupo Empresarial Ruiz, S.L.", para el cargo Administrador único de "Industrias Metálicas Ruiz, S.A.", María Aránzazu Martínez Ruiz.- La representante persona física de "Grupo Empresarial Ruiz, S.L.", para el cargo Administrador único de "Estampaciones Morella, S.L.U.", María Aránzazu Martínez Ruiz.

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