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De conformidad con lo dispuesto en el art. 87 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME") se hace constar que el socio único de Perfumería Caussa, S.L.U., ha aprobado con fecha 20 de octubre de 2020 la cesión global de activos y pasivos de la sociedad a favor de Vicinanza Trading, S.L., que adquiere en bloque, por sucesión universal, la totalidad de su activo y pasivo, todo ello de conformidad con el Proyecto de Cesión Global del Activo y Pasivo suscrito por el Administrador único de la cedente con fecha 30 de septiembre de 2020. Como consecuencia de la cesión global se producirá la extinción de la sociedad cedente.
Conforme a lo dispuesto en el art. 87.2 de la LME se hace constar el derecho que asiste al socio único de la sociedad cedente y a los acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado. Así mismo, de conformidad con el art. 88 de la LME los acreedores de la sociedad cedente y los de la sociedad cesionaria pueden oponerse a la cesión global dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, en los términos contemplados en dicho artículo.
Barcelona, 20 de octubre de 2020.- El Administrador único de Perfumería Caussa, S.L.U, Nuria Sala Sánchez.
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