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Se publica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales, que el Socio único de Bergé Infraestructuras y Servicios Logísticos, S.L.U., y el Socio único de Bergé Project Cargo, S.L.U., y Accionista único de Cantabrian Integrated Logistic Services, S.A.U., han acordado, con fecha 30 de junio de 2020, la fusión mediante la absorción de Bergé Project Cargo, S.L.U., y de Cantabrian Integrated Logistic Services, S.A.U., por parte Bergé Infraestructuras y Servicios Logísticos, S.L.U., con la consiguiente disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión; así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de fusión.
Madrid, 20 de octubre de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración de Bergé Infraestructuras y Servicios Logísticos, S.L.U., y el representante persona física de Bergé Infraestructuras y Servicios Logísticos, S.L.U., Administradora Única de Cantabrian Integrated Logistic Services, S.A.U., y representante persona física de Bergé Shipping S.A.U., Administradora Única de Bergé Project Cargo, S.L.U., Salvador Bautista Enciso y Juan López-Dóriga Escalante, respectivamente.
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