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Documento BORME-C-2020-6494

PHARMA MAR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 211, páginas 7911 a 7912 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-6494

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social mediante amortización de acciones propias.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de Pharma Mar, S.A. (la "Sociedad"), celebrada el 18 de junio de 2020, aprobó, bajo el punto tercero de su orden del día, la reducción del capital social, con el fin de amortizar las acciones propias de la Sociedad que pudiese mantener en su balance, con cargo a beneficios o reservas libres y por el importe que en cada momento resultase conveniente o necesario, hasta un importe nominal máximo equivalente al de dichas acciones propias.

Con fecha 28 de octubre de 2020 el Consejo de Administración de la Sociedad, al amparo de la delegación de facultades en el Consejo de Administración prevista por la Junta General de Accionistas antes referida bajo el acuerdo tercero del orden del día, ha acordado ejecutar la reducción de capital social en la cifra de 119.520 euros, mediante la amortización de 199.200 acciones propias que se encuentran en autocartera, representativas de aproximadamente el 1,07% de su capital social, de 0,60 euros de valor nominal cada una de ellas. El capital social de la Sociedad resultante de la reducción ha quedado fijado en 11.012.944,20 euros, correspondientes a 18.354.907 acciones de 0,60 euros de valor nominal unitario.

La finalidad de la reducción de capital ha sido la amortización de acciones propias, mejorando así el beneficio por acción y coadyuvando a la retribución del accionista.

La reducción de capital no ha implicado la devolución de aportaciones a los accionistas de la Sociedad por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.

La reducción de capital se ha realizado con cargo a reservas libres, mediante la dotación de una reserva por capital amortizado por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas (esto es, 119.520 euros), de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción de capital, en aplicación de lo previsto en el artículo 335.c) de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tienen el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital.

Las acciones amortizadas fueron adquiridas por la Sociedad de acuerdo con la autorización que la Junta General de Accionistas, en su reunión de 26 de junio de 2019, otorgó al Consejo de Administración, dentro de los límites previstos en los artículos 146 y siguientes y el artículo 509 de la Ley de Sociedades de Capital, y en el marco del programa de recompra de acciones propias aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad el día 25 de marzo de 2020 y publicado como comunicación de información privilegiada en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y en la de la Sociedad ese mismo día.

Ejecutada la reducción de capital, el artículo 6 de los Estatutos Sociales, relativo al capital social queda modificado con el fin de adaptar su contenido al nuevo valor nominal. El texto íntegro del artículo 6 de los estatutos sociales pasará a ser, en consecuencia, el siguiente:

Artículo 6.º - El capital social es de once millones doce mil novecientos cuarenta y cuatro euros con veinte céntimos de euro (11.012.944,20 €), representado por dieciocho millones trescientas cincuenta y cuatro mil novecientos siete (18.354.907) acciones de sesenta céntimos de euro (0,60 €) de valor nominal cada una, íntegramente suscritas y totalmente desembolsadas. El capital social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la Junta General de Accionistas con sujeción a lo dispuesto en las disposiciones aplicables al respecto. Los desembolsos pendientes deberán ser satisfechos en el momento que determine el Consejo de Administración, dentro del plazo máximo de cinco años contados desde la fecha de adopción del acuerdo de aumento de capital. En cuanto a la forma y demás circunstancias del desembolso, se estará a lo dispuesto en el acuerdo de aumento de capital. La exigencia de pago de los desembolsos pendientes se notificará a los afectados o se anunciará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Entre la fecha de envío de la comunicación o la del anuncio y la fecha de pago deberá mediar, al menos el plazo de un mes.

Asimismo, se comunica que la Sociedad solicitará la exclusión de negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de las acciones amortizadas en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear).

El presente anuncio se encuentra asimismo disponible en la página web corporativa de la Sociedad (www.pharmamar.com).

Madrid, 28 de octubre de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad,, Juan Gómez Pulido.

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