Edukia ez dago euskaraz
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que, con fecha 3 de noviembre de 2020, el accionista único de Merck Sharp & Dohme de España, S.A., Unipersonal (en adelante, la "Sociedad Escindida") y el socio único de Organon Salud, S.L., Unipersonal (en adelante, la "Sociedad Beneficiaria") han acordado la escisión parcial de la Sociedad Escindida mediante la separación y traspaso en bloque y por sucesión universal de parte de su patrimonio consistente en la línea de negocio relativa a la salud de la mujer, biosimilares y legacy brands (que incluye diversified brands y lípidos), a favor de la Sociedad Beneficiaria, sin que la Sociedad Escindida se extinga como consecuencia de la escisión parcial.
Se hace constar expresamente el derecho de los acreedores de las mencionadas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones de escisión parcial adoptadas y los balances de escisión parcial de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria, dirigiéndose al domicilio social de las sociedades participantes en la escisión parcial. Del mismo modo se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, de oponerse a la escisión parcial en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de las decisiones de escisión parcial.
Madrid, 3 de noviembre de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración de Merck Sharp & Dohme de España, S.A., Unipersonal, y Organon Salud, S.L., Unipersonal, Irene Andrés Justi.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril