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En cumplimiento de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se publica que los socios de las entidades Porcelanite Dos, sociedad limitada, Porcelanite, sociedad limitada e Incozul, sociedad limitada, mediante Juntas Generales Extraordinarias y Universales celebradas el día 27 de octubre de 2020, han aprobado por unanimidad la fusión de las entidades Porcelanite Dos, sociedad limitada, Porcelanite, sociedad limitada e Incoazul, sociedad limitada, mediante la disolución de las dos últimas y traspaso en bloque de sus respectivos patrimonios sociales a la sociedad absorbente Porcelanite Dos, sociedad limitada, por lo que ésta última sociedad adquiere en bloque, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas Porcelanite, sociedad limitada e Incoazul, sociedad limitada.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión.
Asimismo, los acreedores de las sociedades que participan en la fusión tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Alcora, 28 de octubre de 2020.- Los Administradores Mancomunados de Porcelanite Dos, Sociedad Limitada, Porcelanite, Sociedad Limitada e Incoazul, Sociedad Limitada, Rafael Moliner Bayo, Javier Moliner Bayo, Sonia Moliner Pejó y Ana Moliner Pejó.
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