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Documento BORME-C-2020-695

DOMO ACTIVOS, SOCIMI, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 37, páginas 794 a 796 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2020-695

TEXTO

Oferta de Adquisición de Acciones propias.

En ejecución del acuerdo adoptado por la Junta General de Accionistas de la Sociedad DOMO ACTIVOS, SOCIMI, S.A. (en adelante la "Sociedad"), celebrada en fecha 19 de diciembre de 2019, el Consejo de Administración, al amparo de lo establecido en los artículos 338 y ss de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante "LSC") ha adoptado en su reunión del día 13 de febrero de 2020 el acuerdo de formular propuesta de adquisición de acciones (en adelante la "Oferta") con arreglo a las siguientes términos:

i. Objeto de la Oferta: Acciones ordinarias y nominativas de la sociedad DOMO ACTIVOS, SOCIMI, S.A., de 2 euros de valor nominal.

ii. Destinatarios de la Oferta: La Oferta va dirigida a los accionistas de la sociedad que puedan disponer libremente de las acciones y que consten inscritos en el Libro registro de acciones en el momento de manifestar la aceptación de la Oferta. Los accionistas podrán formular la aceptación respecto de todas o parte de aquellas acciones que estén libres de cargas, gravámenes y otros derechos de terceros que limiten sus derechos políticos o económicos, deberán ser libremente transmisibles y se transmitirán con todos sus derechos.

iii. Número máximo de acciones a adquirir: 2.773.314 acciones.

iv. Precio ofertado por la adquisición de las acciones: 2,20 euros por acción

v. Destino de las acciones adquiridas. Las acciones adquiridas se destinarán exclusivamente a su amortización para reducir capital.

vi. Vigencia de la Oferta: La Oferta estará vigente por plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de esta en el BORME y en el periódico.

vii. Fecha de Liquidación de la oferta: La Oferta será liquidada en el segundo día hábil bursátil siguiente al de finalización del plazo de vigencia de esta.

viii. Forma de aceptación de la oferta: Los señores accionistas que deseen aceptar la Oferta deberán dirigirse a la entidad en la que tengan depositadas sus acciones, suscribiendo una orden e indicando el número de acciones que deseen vender. Las ordenes se entenderán formuladas de manera incondicional e irrevocable y podrán efectuarse en cualquier día del plazo de la Oferta. En caso de sobre aceptación de la oferta, las ordenes no se atenderán por orden de colocación de la orden sino de acuerdo con el sistema de prorrateo que se describe más adelante.

ix. Las entidades participantes se encargarán de recoger las aceptaciones por escrito y responderán de la titularidad y disponibilidad de los valores a los que se refieran dichas aceptaciones, así como de la inexistencia de cargas, gravámenes o derechos de terceros que limiten los derechos políticos o económicos de los títulos o la libre transmisión de las acciones, pudiendo bloquear la disponibilidad de dichas participaciones durante el plazo de vigencia o aceptación de la Oferta.

x. Las declaraciones de aceptación de los accionistas de la Sociedad se acompañarán de la documentación suficiente para que pueda procederse a la transmisión de las acciones y deberán incluir todos los datos significativos exigidos por la legislación aplicable a este tipo de operaciones.

xi. Durante el plazo de aceptación de la Oferta, las entidades participantes que reciban las declaraciones de aceptación remitirán directamente al Oferente, a través de la Entidad Agente (Banco Sabadell) los datos relativos al total acumulado de acciones comprendidas en las declaraciones de aceptación presentadas por los accionistas de la Sociedad.

xii. La Entidad Agente del Oferente designado a estos efectos es: Banco Sabadell, calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid.

xiii. Forma de pago del precio: El Banco Agente a través del sistema de interconexión bursátil y de las entidades participantes será quien realice el pago de los importes correspondientes a las acciones liquidadas, a cada uno de los accionistas que hayan aceptado la oferta y realizará las gestiones pertinentes para que la Entidad del Registro Contable de Acciones (IBERCLEAR) pueda anotar en el Libro de Accionistas el cambio de la titularidad de las acciones. Las acciones adquiridas serán transferidas a una cuenta de valores que la Sociedad habilitará al efecto especialmente quedando bloqueadas hasta su amortización.

xiv. Gastos derivados de la adquisición: Los gastos correspondientes a la publicidad del proceso, los de asesores legales y los derivados de la intervención del Banco Agente serán por cuenta de la Sociedad, que no repercutirá al Accionista aceptante comisión alguna. Sin embargo, los gastos que carguen las entidades depositarias o custodias por la transacción o cobro de los importes serán exclusivamente de cuenta del accionista transmitente.

xv. Prorrateo: En caso de que las aceptaciones excedan del número máximo de acciones a adquirir, se reducirán las ofrecidas por cada accionista en proporción al número de acciones cuya titularidad ostente en el momento de manifestar su aceptación.

xvi. Reducción Parcial: En caso de que las aceptaciones recibidas no alcancen el número de acciones previamente fijado, el capital quedará reducido en la cantidad correspondiente a las aceptaciones recibidas.

xvii. Proveedor de Liquidez: durante el plazo de vigencia de la Oferta, el Proveedor de Liquidez, seguirá prestando sus servicios de acuerdo con la circular del MAB, y las Instrucciones operativas que le sean de aplicación, respecto de las transacciones que se efectúen en el mercado al margen de la Oferta. Las acciones que la Sociedad pone a disposición del Proveedor de Liquidez se encuentran depositadas en una cuenta de valores distinta de la designada para la Oferta. En ningún caso las acciones adquiridas en la Oferta se pondrán a disposición del Proveedor de Liquidez.

xviii. Se informará mediante Hecho Relevante el resultado de la liquidación de la Oferta y el Consejo de Administracion ejecutará el acuerdo de reducción de capital, publicando asimismo el anuncio del acuerdo con la cifra en que se reduzca el capital finalmente.

xix. No será de aplicación lo previsto en el artículo 335 de la LSC, en consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad tendrán derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la LSC en relación con la reducción de capital acordada, por plazo de un mes a contar desde la publicación del anuncio del acuerdo. Transcurrido el plazo de oposición, se elevará a público el acuerdo y una vez inscrito este en el Registro Mercantil, se solicitará la amortización de las acciones correspondientes mediante la baja en los registros de Iberclear y su exclusión de negociación en el MAB.

Madrid, 13 de febrero de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración Domo Gestora de Viviendas, S.L.U., Feliciano Conde Anguita.

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