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Documento BORME-C-2020-7207

LETSGO THEATRE & ENTERTAINMENT ENTERPRISES, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
KOLFER ENTERPRISE, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA EN CONSTITUCIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 8738 a 8739 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7207

TEXTO

A los efectos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), y el Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que con fecha 12 de noviembre de 2020, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de LETSGO THEATRE & ENTERTAINMENT ENTERPRISES, S.L., ha aprobado la escisión parcial de la rama de actividad de tenencia y adquisición de derechos sobre proyectos y productos artísticos y culturales y la obtención y gestión de licencias de representación y exhibición de productos existentes, para su explotación por terceros, con todos sus activos y pasivos inherentes, que traspasa, sin extinguirse, a la mercantil, KOLFER ENTERPRISE, S.L., en constitución, la cual adquiere por sucesión a título universal los derechos y obligaciones derivados de la rama de actividad escindida. Los socios de la Sociedad Escindida recibirán las participaciones sociales de la entidad de nueva creación, KOLFER ENTERPRISE, S.L., utilizando para ello un criterio de reparto de proporcionalidad estricta, de conformidad con lo previsto en el proyecto de escisión.

El acuerdo de escisión parcial se ha adoptado con base en el Proyecto de Escisión Parcial simplificada formulado por el órgano de administración de la sociedad escindida y aprobado por Junta General Extraordinaria y Universal, de forma unánime, con fecha de 12 de noviembre de 2020.

En el acuerdo de escisión parcial adoptado y conforme al proyecto, consta el detalle de los elementos del activo y pasivo que componen la rama de actividad escindida que se transmiten a KOLFER ENTERPRISE, S.L., y que constituye una unidad económica autónoma.

La operación proyectada constituye un supuesto de escisión parcial simplificada para la que, de conformidad con lo establecido en los artículos 70 y 78.bis de la Ley 3/2009, no se requiere informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión, ya que se atribuyen a los socios de la sociedad que se escinde, participaciones de la nueva sociedad proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella.

Como consecuencia de la escisión parcial LETSGO THEATRE & ENTERTAINMENT ENTERPRISES, S.L., no reduce su capital social.

La Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Escindida, ha acordado optar porque la misma se acoja al régimen fiscal especial establecido en Capítulo VII del Título VI de la Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, del Territorio Histórico de Bizkaia.

Además se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión de obtener en el domicilio social o solicitar el envío gratuito del texto íntegro de los acuerdos adoptados en relación con la escisión, así como el derecho que corresponde a los acreedores sociales de LETSGO THEATRE & ENTERTAINMENT ENTERPRISES, S.L., de oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, en el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de escisión, en los términos de los artículos 43 y 44 de la LME.

Getxo (Vizcaya), 12 de noviembre de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración de Letsgo Theatre & Entertainment Enterprises, S.L., Ignacio Fernández Jiménez.

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