De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, se hace público que, con fecha de 12 de noviembre de 2020, las Juntas generales celebradas con el carácter de extraordinarias y universales de la sociedad absorbente Campodulce Curados, Sociedad Anónima y de la absorbida SQ Quality, Sociedad Limitada Unipersonal, han aprobado la operación de fusión por absorción de la sociedad SQ Quality, Sociedad Limitada Unipersonal, por la sociedad Campodulce Curados, Sociedad Anónima, conforme a los términos y condiciones recogidos en el proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes el día 17 de junio de 2020 y aprobado por los socios por unanimidad de ambas sociedades intervinientes con fecha de 12 de noviembre de 2020.
Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión por absorción, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, documentos que están a disposición en el domicilio social de cada una de las sociedades, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Se recuerda expresamente el derecho de los socios y de los trabajadores a examinar en el domicilio social los documentos que están a su disposición y a los que se refiere el artículo 39 de la Ley 3/2009, así como a la entrega o al envío gratuitos de un ejemplar de cada uno de ellos.
Zaragoza, 18 de noviembre de 2020.- Administradores mancomunados y Administrador único, María del Carmen Samper Rivas, Mariano San Asensio y Jorge Samper Rivas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid