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Documento BORME-C-2020-7273

YUSTY, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
YUSTY 1914, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 8821 a 8821 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7273

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de "YUSTY, S.A." (Sociedad Escindida), en reunión celebrada en fecha 19 de noviembre de 2020, ha aprobado, por unanimidad, la escisión parcial de la Sociedad Escindida, a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, "YUSTY 1914, S.L." (Sociedad Beneficiaria), en los términos previstos en el proyecto de escisión parcial formulado al efecto.

La escisión parcial implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad Escindida dedicada a la actividad de "camisería, sastrería modistería y comercio en general de prendas de vestir", constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria y la atribución de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria a los accionistas de la Sociedad Escindida en la misma proporción (cuantitativa y cualitativa) en la que participan en ésta, llevándose a cabo la correspondiente reducción de los fondos propios en la Sociedad Escindida y sin liquidación de la misma.

Asimismo, se hace constar, expresamente, el derecho de los accionistas y de los acreedores de la Sociedad Escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados, así como del balance tomado como referencia para la operación, si bien, y a los efectos oportunos, al amparo del artículo 78 bis de la referida Ley de Modificaciones Estructurales, no resulta necesario balance de escisión. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 de la citada Ley de Modificaciones Estructurales, de oponerse a la escisión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Madrid, 19 de noviembre de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración de "YUSTY, S.A.", Víctor Manuel Yusty Everhed.

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