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Documento BORME-C-2020-7413

ACTIVA DOMÓTICA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INSPECCIONES TÉCNICAS
Y PROYECTOS DE REHABILITACIÓN ADM, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 8982 a 8982 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7413

TEXTO

A los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que el Socio único de Activa Domótica, S.L.U., y el socio único de Inspecciones Técnicas y Proyectos de Rehabilitación ADM, S.L.U., con fecha 20 de noviembre de 2020, han aprobado la fusión por absorción entre ambas sociedades, Activa Domótica, S.L.U., como Sociedad Absorbente, y su filial íntegramente participada, la sociedad Inspecciones Técnicas y Proyectos de Rehabilitación ADM, S.L.U., como Sociedad Absorbida. Como resultado de esto, la Sociedad Absorbida se extinguirá sin liquidación y la Sociedad Absorbente adquirirá los activos y pasivos de ésta, a título de sucesión universal.

Al estar la Sociedad Absorbida íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, la presente fusión por absorción se realiza mediante el procedimiento previsto en el artículo 49 de la LME, por lo que no resulta necesaria la aprobación de la fusión por parte del Socio Único de la Sociedad Absorbida.

Además, tanto el Socio único de la Sociedad Absorbente como el Socio único de la Sociedad Absorbida han aprobado como balances de fusión los cerrados por cada una de las sociedades participantes en la misma a 31 de octubre de 2020. La fusión se ha aprobado en los términos y condiciones que se indican en el proyecto común de fusión, cuyo depósito no es necesario por haberse cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 42 de la LME.

De acuerdo con el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores según el artículo 44 de la LME, el cual podrán ejercitar en el plazo de un mes contado desde la fecha de la última publicación que se realice del presente anuncio.

Barcelona, 23 de noviembre de 2020.- El Administrador único de las sociedades intervinientes en la fusión, Maximino Barreto Domínguez.

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