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Documento BORME-C-2020-7431

PRODIGIOUS IBERIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ELEPHANT SEVEN, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 9001 a 9001 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7431

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME") se hace público que el socio único de la mercantil Prodigious Iberia, S.L.U., y de Elephant Seven, S.A.U., en reunión celebrada en fecha 30 de junio de 2020, adoptó el acuerdo de fusión por absorción de Prodigious Iberia, S.L.U. (sociedad absorbente), y Elephant Seven, S.A.U. (sociedad absorbida), con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la Sociedad Absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos y obligaciones a la Sociedad Absorbida, según los términos establecidos en el Proyecto de Fusión de fecha 30 de junio de 2020, y sirviendo de base a la operación los balances cerrados a 31 de diciembre de 2019.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades participantes en la fusión podrán oponerse al acuerdo de fusión en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.

Madrid, 24 de noviembre de 2020.- La Vicesecretaria no Consejera de Prodigious Iberia, S.L.U., y Elephant Seven, S.A.U., Olga Camarero Martín.

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