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Documento BORME-C-2020-7511

HELIOS HEALTHCARE SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
IDCSALUD HOLDING, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 229, páginas 9098 a 9098 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7511

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de Helios Healthcare Spain, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), ha decidido y aprobado, con fecha 20 de noviembre de 2020, la fusión de la Sociedad Absorbente con su filial íntegramente participada, IDCSalud Holding, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente (esto es, Helios Healthcare Spain, S.L.U.) (la "Fusión"), en los términos previstos en el proyecto común de fusión, suscrito por los consejos de administración de las sociedades intervinientes el 30 de junio de 2020.

La Fusión implica, entre otros aspectos, la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Se hace constar que, en aplicación del artículo 49.1 de la LME no proceden (i) la inclusión en el proyecto común de fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME; (ii) los informes de administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión; (iii) el aumento de capital social de la Sociedad Absorbente; ni (iv) la aprobación de la Fusión por la junta general de socios de la Sociedad Absorbida, al ser la Sociedad Absorbente titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad Absorbida y de la Sociedad Absorbente de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbida y de la Sociedad Absorbente de oponerse a la Fusión en el plazo y los términos previstos en el artículo 44 LME.

Madrid, 20 de noviembre de 2020.- El Secretario no consejero del Consejo de Administración de IDCSalud Holding, S.L.U., y del Consejo de Administración de Helios Healthcare Spain, S.L.U., Javier Monzón Sánchez.

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