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Documento BORME-C-2020-7553

CATMAN CENTER, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 229, páginas 9144 a 9145 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2020-7553

TEXTO

Anuncio de reducción de capital y transformación en sociedad de responsabilidad limitada

De conformidad con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC") y en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la junta general extraordinaria y universal de accionistas de la sociedad Catman Center, S.A. (la "Sociedad"), celebrada con fecha 23 de noviembre de 2020 ha acordado por unanimidad:

1.- Reducir el capital social de la Sociedad mediante la adquisición de acciones propias para su amortización

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 LSC, se hace público que la referida junta general de accionistas de la Sociedad acordó, con la finalidad de reducir el capital social de la Sociedad en cuarenta y cinco mil euros (45.000,00 €) mediante la amortización de acciones en autocartera, adquirir de los accionistas 50 acciones ordinarias y nominativas de novecientos euros (900,00 €) de valor nominal cada una de ellas por un precio de cuatro mil doscientos ochenta euros (4.280,00 €) por acción.

La totalidad de los accionistas, presentes en la junta, se dieron expresamente por notificados de la oferta de compra de las acciones en los términos mencionados, no considerándose necesario, en consecuencia, hacer publicación alguna conforme al art. 339.2 LSC.

Las acciones adquiridas en ejecución de dicho acuerdo de reducción de capital a sus accionistas, para su amortización por el citado precio, implica un precio total máximo de doscientos catorce mil euros ((214.000,00 €).

La ejecución de la reducción se realizará en el plazo de un mes desde la fecha de finalización del derecho de oposición de los acreedores. Los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, que no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos tendrá el derecho de oponerse a la reducción en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 LSC.

Una vez transcurrido el periodo de oposición de acreedores y ejecutado el acuerdo de reducción de capital social, éste quedará fijado en cuarenta y cinco mil euros (45.000,00 €), distribuido en 50 acciones ordinarias y nominativas, sin serie, de novecientos euros (900,00 €) de valor nominal cada una de ellas.

Si el número de acciones adquirido no alcanzara la cifra prevista, se reducirá el capital en la cuantía correspondiente a las acciones adquiridas.

La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será la amortización de tales acciones propias una vez adquiridas de sus socios.

2.- Transformación de la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 LME, se hace público que la junta general de accionistas de la Sociedad ha acordado la transformación de la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, aprobándose asimismo el balance de transformación y los nuevos estatutos sociales.

Pilar de la Horadada (Alicante), 23 de noviembre de 2020.- Administradores mancomunados, Juan Poveda Nicolás y Ricardo Poveda Nicolás.

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