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Documento BORME-C-2020-7662

CARTERA LUANJU, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LUANJU DE VISTILLAS 4, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 233, páginas 9261 a 9261 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7662

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que, el 27 de noviembre de 2020, el Socio Único de Cartera Luanju, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), ha decidido llevar a cabo la fusión por absorción de Luanju de Vistillas 4, S.L.U., (la "Sociedad Absorbida"), en los términos establecidos en el proyecto de fusión, redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades a Fusionar, el día 27 de noviembre de 2020.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente (las "Sociedades a Fusionar"), la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente al Socio Único de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Se pone de manifiesto que la presente operación de fusión se ha llevado a cabo de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 42 de la LME por cumplirse las circunstancias exigidas para ello.

En la medida en que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida están íntegramente participadas de forma directa por el mismo Socio Único, se aplica a la fusión de forma análoga, en la medida que proceda, el régimen establecido en el artículo 49 de la LME, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la LME.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Granada, 27 de noviembre de 2020.- El Administrador, Luís Torres-Morente Concha.

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