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Documento BORME-C-2020-7893

GRUPO INDUSTRIAL CRIMIDESA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CRIMIDESA MINERA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 242, páginas 9519 a 9519 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7893

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que Grupo Industrial Crimidesa, S.L. (la "Sociedad Absorbente") ha acordado aprobar la fusión por absorción de su sociedad íntegramente participada, Crimidesa Minera, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"). El acuerdo de fusión fue adoptado el 16 de diciembre de 2020 por la junta general de socios de la Sociedad Absorbente, y conlleva la extinción de la personalidad jurídica, vía disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida (la "Fusión"). El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión suscrito el 16 de diciembre de 2020 por los respectivos consejos de administración de las sociedades participantes en la Fusión.

Dado que la Sociedad Absorbida está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, resulta plenamente aplicable el procedimiento especial regulado en el artículo 49 de la LME, lo que permite que la Fusión se lleve a cabo sin la aprobación de la junta general de socios de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión en los domicilios sociales de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, respectivamente.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la Fusión de oponerse a la Fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 17 de diciembre de 2020.- Jorge-Martín Ramírez Fernández, Secretario-Consejero del Consejo de Administración de Grupo Industrial Crimidesa, S.L., y Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Crimidesa Minera, S.L.U.

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