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Documento BORME-C-2020-807

TALLER DEL CARTON, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ALQUILER DE NAVES EN P.I. LAS NACIONES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 41, páginas 951 a 951 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-807

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial

Se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), que la Junta General Universal de Accionistas de Taller del Carton, S.A. (Sociedad Escindida), celebrada en fecha 3 de febrero de 2020 adoptó, por unanimidad, el acuerdo de escindirse parcialmente, mediante su traspaso, en bloque, por sucesión universal, de todos los activos y pasivos integrantes de la rama de actividad, integrada de una unidad económica autónoma, dedicada al negocio de arrendamiento inmobiliario, a favor de la sociedad beneficiaria, de nueva creación, Alquiler de Naves en P.I. Las Naciones, S.L., la cual se constituirá simultáneamente, continuando existiendo la sociedad que se escinde parcialmente Taller del Carton, S.A., con la parte del patrimonio no traspasado.

Los acuerdos de escisión han sido adoptados en Junta Universal y por unanimidad de todos los accionistas con derecho de voto en los términos del proyecto común de escisión redactado por los Administradores de las sociedades participantes en la escisión.

Con la finalidad de atender el canje, la Junta General de la sociedad escindida parcialmente, Taller del Carton, S.A., acordó reducir su capital social en la cifra de 207.000 euros, mediante la amortización y rescate de 920 acciones, números de la 1 a la 644 y de la 701 a la 976, todas inclusive, quedando fijado su capital social tras la reducción en la cifra de 175.500 euros, representadas en 780 acciones. También acordó reducir sus reservas en el resto del valor del patrimonio escindido.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el derecho a oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión. Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en los art. 334, 336 y 337 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 12 de febrero de 2020.- El Administrador único de la escindida parcialmente "Taller del Carton, S.A.", y de la beneficiaria "Alquiler de Naves en P.I. Las Naciones S.L.", José Luis Tabuyo López.

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