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Documento BORME-C-2020-829

TALENTO FARMACÉUTICO Y SANITARIO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EUDIGRUPO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 42, páginas 979 a 979 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-829

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con fecha 15 de enero de 2020, las Juntas Generales universales de las sociedades TALENTO FARMACÉUTICO Y SANITARIO, S.L. (sociedad absorbente), y EUDIGRUPO, S.L. (sociedad absorbida), han aprobado, por unanimidad, cada una de ellas la fusión por absorción de la segunda por la primera, sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 15 de enero de 2020, suscrito por el órgano de administración de ambas entidades, y sirviendo de base a la operación los balances de ambas sociedades cerrados al 10 de enero de 2020, aprobados por las respectivas juntas generales. Todo ello con entera transmisión e incorporación en bloque de todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida por parte de la sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de la primera.

Se ha cumplido con las obligaciones formales del artículo 42.1 de la Ley 3/2009, por tratarse del supuesto contenido en dicho precepto (Junta universal y aprobación por unanimidad de la fusión), sin menoscabo de lo indicado en el apartado 2 del citado artículo.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se deja expresa constancia del derecho que asiste a los socios o accionistas y los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social, así como del derecho de los acreedores de cada una de las sociedades de oponerse a la fusión, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 44 del referido texto legal, durante el plazo de un mes, contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 25 de febrero de 2020.- El Administrador único de Talento Farmacéutico y Sanitario, S.L., y Administrador único de Eudigrupo, S.L., Fernando Abadía Hernández y Pedro Javier Fernández de la Peña.

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