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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), por remisión del artículo 73.1 de la LME, se hace público que el día 24 de febrero de 2020, el Socio Único de la mercantil "Alimentos Congelados Guerrero, S.L.U.", ejerciendo las competencias de la Junta General, decidió la escisión parcial de parte de su patrimonio identificada en la rama de actividad de comercio minorista, aportando la misma a una sociedad de nueva creación, "Tiendas La Banquisa, S.L.U.", sociedad que será participada íntegramente por el Socio Único de la sociedad parcialmente escindida y que adquirirá por sucesión a titulo universal la totalidad de derechos y obligaciones que componen la parte del patrimonio de la sociedad parcialmente escindida que forma una unidad económica, de acuerdo con el proyecto de escisión parcial suscrito por el órgano de administración en fecha 3 de febrero de 2020, sin que la sociedad se extinga como consecuencia de la escisión.
De acuerdo con el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad parcialmente escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en virtud del artículo 44 de la LME, en los términos establecidos y durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial.
Vélez Málaga (Málaga), 27 de febrero de 2020.- El Administrador solidario de Alimentos Congelados Guerrero, S.L.U, Miguel Ángel Guerrero Esteban.
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