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Documento BORME-C-2020-964

ELING, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INSTAL CINCO, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
INSTAL TEAM, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 49, páginas 1147 a 1147 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-964

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el socio único de las citadas compañías Ergagen Industrial, S.L., ha acordado el día 1 de enero de 2020, mediante las correspondientes actas de decisiones del socio único, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Eling, S.L.U., de Instal Cinco, S.L.U., e Instal Team, S.L.U., adquiriendo la sociedad absorbente, por sucesión universal, la totalidad del patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, que se disolverán sin liquidación. La operación de fusión se aprobó con las menciones recogidas en el proyecto común de fusión por absorción, de fecha 1 de enero de 2020, redactado y suscrito por Ergagen Industrial, S.L., como Administrador único de todas las sociedades participantes.

Asimismo, el socio único de las sociedades participantes en la fusión ha aprobado los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2019, y que las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas por cuenta de la Sociedad Absorbente, a efectos contables, a partir del día 1 de enero de 2020. La fusión se ha realizado conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 de la LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni son necesarios informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión. Asimismo, se ha adoptado la decisión de aprobar el acogimiento de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal.

Se hace constar el derecho de información que corresponde a los representantes de los trabajadores sobre la fusión, a tenor de lo dispuesto en el artículo 42.2 LME. Y se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Los acreedores de estas sociedades podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 LME.

Getafe, 1 de enero de 2020.- El Administrador único de Eling, S.L.U., Instal Cinco, S.L.U., e Instal Team, S.L.U., Ergagen Industrial, S.L., y en su representación como persona física don Fidel Jesús Merchán Iglesias.

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