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Documento BORME-C-2021-1097

SOGAPRIM, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 55, páginas 1421 a 1422 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-1097

TEXTO

Reversión de anotaciones en cuenta a títulos físicos nominativos.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 117 y 119 de la Ley de Sociedades de Capital y en el Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre, se hace público que el pasado 10 de noviembre de 2020, la Junta General Extraordinaria de accionistas de la Sociedad acordó la modificación de la actual forma de representación de las acciones en que se divide su capital social, mediante la reversión a títulos físicos nominativos, de las anotaciones en cuenta.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre, el 23 de febrero de 2021, se obtuvo la preceptiva autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para la reversión de la forma de representación de las acciones, pasando de anotaciones en cuenta a títulos físicos nominativos. La modificación estatutaria correspondiente ha sido inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 17 de marzo de 2021.

El procedimiento por el cual tendrá lugar la reversión y la consiguiente entrega de títulos físicos nominativo es el siguiente, actuando BANCO SANTANDER, S.A., como Agente del proceso de reversión:

1.º) Una vez autorizado por la CNMV el presente acuerdo de reversión e inscrita en el Registro Mercantil la Escritura en la que se eleve a público el mismo, se presentará ante la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR), testimonio notarial de la misma.

2.º) Se publicará el anuncio previsto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil» y en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia donde la Sociedad tiene su domicilio social, especificando el plazo, que no podrá ser inferior a un mes, en que la Sociedad distribuirá los nuevos títulos asignados a cada accionista.

3.º) IBERCLEAR expedirá, a solicitud de la Sociedad, un certificado de las posiciones de cada una de las Entidades Participantes, que reflejarán las posiciones definitivas anotadas en cuenta correspondientes a las mismas, quedando bloqueadas las posiciones anotadas a dicha fecha, hasta que concluya el proceso de entrega de títulos a sus legítimos titulares.

4.º) Las Entidades participantes deberán entregar al Agente designado las certificaciones emitidas por IBERCLEAR, acompañada del detalle de los titulares inscritos en sus correspondientes registros contables, el saldo de valores que corresponde a cada uno de ellos, y demás circunstancias jurídicas de las acciones anotadas en sus respectivos registros contables.

5.º) El Agente verificará que la información facilitada por las Entidades participantes concuerda con los certificados expedidos por IBERCLEAR y remitirá a la Sociedad toda la información relevante para la emisión y posterior entrega de los nuevos títulos a sus legítimos propietarios.

6.º) Completado el proceso anteriormente indicado, la Sociedad remitirá a IBERCLEAR certificación acreditativa de haber finalizado la entrega de los nuevos títulos físicos a sus legítimos propietarios en sustitución de las posiciones anotadas en cuenta, para que IBERCLEAR proceda a darlas de baja, excluyendo el citado valor del registro de anotaciones en cuenta. Asimismo, la Sociedad efectuará las correspondientes anotaciones en el libro registro de acciones nominativas.

Madrid, 17 de marzo de 2021.- El Presidente del Consejo de Administración, Pere Botet Pladevall.

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